Sociedad

Falsea un parte para alargar su baja un día, le cazan el engaño y el Supremo actúa: prisión y 1.000 euros de multa

El trabajador confeccionó un parte médico a partir del original para seguir de baja un día más y cobrar su salario. Se equivocó al hacerlo y fue ‘pillado’ por su empresa.

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gorodenkoff | DiarioAS
Rafael Escobar
Nació en Madrid en 1989. Doble licenciado en Periodismo y Comunicación Audiovisual, con Máster en Periodismo Multimedia Profesional. Becario en El Mundo, Servimedia, EFE y AS. Desde 2013, AS es su casa, con un paso en 2015 por la revista digital Marca Plus. En As, ha pasado por Cierre y actualmente es redactor de la sección de Actualidad.
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Un intento de alargar una baja médica por un solo día ha terminado con una condena penal firme dictada por el Tribunal Supremo. El caso comenzó en un centro de salud y acabó en la más alta instancia judicial del país. Los hechos se remontan a una jornada en la que el trabajador, empleado en una fábrica de circuitos electrónicos para electrodomésticos, acudió al centro de salud aquejado de una gastroenteritis aguda.

El médico de cabecera emitió un parte de baja por incapacidad temporal correspondiente a ese mismo día, documento que el trabajador remitió por correo electrónico a su empresa para justificar su ausencia. Sin embargo, al día siguiente, el empleado decidió no reincorporarse a su puesto de trabajo.

Se equivocó al hacer el parte falso

Para justificar esta nueva ausencia y asegurarse el cobro correspondiente en su nómina, confeccionó un nuevo parte médico falso. En él, incluyó la frase: “No ha habido recaída”, intentando simular que el centro de salud había emitido un nuevo documento oficial. Al percatarse de que esa redacción no justificaba su falta, rectificó y elaboró otro parte falso, esta vez indicando que sí había habido recaída y que la baja se extendía dos días más. Este segundo documento también fue enviado a la empresa por correo electrónico.

La empresa detectó irregularidades en los documentos y el caso acabó en los tribunales. El Juzgado de lo Penal número 3 de Granollers fue el primero en pronunciarse, condenando al trabajador por falsedad en documento oficial, además de un delito leve de estafa. La sentencia impuso seis meses de prisión y una multa de seis meses con cuotas diarias de seis euros, lo que suma un total de 1.080 euros.

El caso acaba en el Supremo

Disconforme con el fallo, el trabajador recurrió ante la Audiencia Provincial de Barcelona, que lo absolvió. El tribunal consideró que el documento enviado a la empresa era una copia escaneada que podía haberse alterado de dos formas: modificando el original, lo que constituiría falsedad en documento oficial, o alterando una fotocopia, lo que implicaría falsedad en documento privado. En este caso, la Audiencia entendió que se trataba de lo segundo y, por tanto, no procedía la condena por falsedad en documento oficial.

El Ministerio Fiscal, no conforme con esta interpretación, presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. En su argumentación, el fiscal sostuvo que cuando se parte de un modelo original para confeccionar otro con la intención de hacerlo pasar por auténtico, no se está ante una simple fotocopia alterada, sino ante un documento íntegramente falso. No se trata de una fotocopia que se quiere hacer como que responde al original, sino de crear un documento íntegramente falso para hacerlo pasar por uno original”, argumentó el Ministerio Público.

“Simula un documento auténtico”

El Tribunal Supremo dio la razón al fiscal y revocó la absolución dictada por la Audiencia Provincial. En su sentencia, el Alto Tribunal concluye que el trabajador cometió un delito de falsedad en documento oficial al alterar un documento sanitario con el único propósito de justificar una ausencia laboral y mantener su salario. “Se utiliza una reproducción creada por el ordenador para simular un documento auténtico consistente en una baja médica, destinada, única y exclusivamente, para justificar, frente a la empresa y la administración de la Seguridad Social, una ausencia al puesto de trabajo”, zanja la resolución.

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La sentencia, que ya es firme, obligará al trabajador a cumplir seis meses de prisión y abonar la multa impuesta (1.080 euros), además de cargar con los antecedentes penales derivados de la condena. Faltar un día al trabajo e intentar engañar a su empresa le ha salido muy caro.

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