Expediente a varias aerolíneas por cobrar por el equipaje de mano
También incluyen en esta acción los gastos adicionales aplicados a la reserva de asiento contiguo a otro pasajero si es menor de edad o dependiente, “algo que tradicionalmente se incluía en el precio”, indican desde el ministerio.
El Ministerio de Consumo ha informado este jueves de que ha incoado una serie de expedientes sancionadores a varias aerolíneas lowcost por cobrar a sus clientes por llevar el equipaje de mano en cabina. En esta acción, informan desde la cartera de consumo, que también incluye los sobrecostes aplicados a la reserva de asientos contiguos a otros pasajeros siempre que sean menores o personas dependientes, algo que tradicionalmente se incluía en el precio del billete.
Con esta mala práctica de separar del precio del billete algunos servicios para cobrarlos a parte al pasajero, “estas aerolíneas ofrecen en su publicidad precios muy competitivos. Esto les permite tener un posicionamiento SEO privilegiado en los motores de búsqueda y en los comparadores respecto a competidores que sí incluyen estos servicios en el precio del billete que se anuncia en el comparador”, indican en el comunicado del departamento dirigido por Alberto Garzón.
Esto tiene como consecuencia que el precio que se oferta en la publicidad no se corresponde realmente, en la mayoría de los casos, con el precio que finalmente se acaba pagando. Desde el ministerio añaden que “las aerolíneas incoadas no estarían permitiendo el pago en metálico en el aeropuerto por los servicios adicionales, en contra de lo dispuesto por la normativa”.
Y es que, estas malas prácticas de algunas compañías aéreas lowcost que el Ministerio de Consumo denunciaba, infringen el artículo 47 de la “Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias”.
Sanciones
Desde la cartera de consumo indican que las sanciones previstas pueden llegar a considerarse como “graves” o “muy graves”. Las sanciones para las infracciones “graves” oscilan entre los 10.001 y 100.000 euros, cuantía que se ve aumentada en el caso de las “muy graves”, que estarían comprendidas entre los 100.001 y el millón de euros.
Consumo apuntaba en el comunicado que la cuantía de estas sanciones puede verse aumentada si “el beneficio ilícito obtenido por las prácticas infractoras superara dichas cantidades, las sanciones que se impongan podrían alcanzar hasta entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido, para las infracciones graves, y entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido, en el caso de las muy graves”.
Denuncias previas
FACUA fue el organismo que impuso por primera vez la denuncia ante este ministerio en octubre de 2021 por el cobro del equipaje de mano en la aerolínea Vueling. Anteriormente, indican desde la asociación, que ya habían denunciado a otras compañías como Ryanair y Wizzair ante la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.