Sociedad

Es oficial, la Seguridad Social amplía la jubilación anticipada: estas son las nuevas enfermedades que permitirán retirarse antes

Se incluyen once patologías graves como el Parkinson en el catálogo oficial para permitir el retiro a los 56 años sin recortes en la pensión.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz (d), y el presidente del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), Luis Cayo Pérez Bueno (i), durante una reunión de trabajo, en la sede del Ministerio, a 26 de febrero de 2026, en Madrid (España). La reunión se enmarca en la semana en que se conmemora el Día Mundial de las Enfermedades Raras.
26 FEBRERO 2026
Diego Radamés / Europa Press
26/02/2026
Diego Radamés
Actualizado a

El Gobierno ha dado luz verde a una de las medidas más esperadas en el ámbito laboral y social. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha confirmado la ampliación del catálogo oficial de enfermedades que permiten reducir la edad de jubilación. Esta modificación de la normativa beneficiará a unas 50.000 personas que padecen patologías graves y degenerativas, permitiéndoles abandonar el mercado laboral a los 56 años sin sufrir recortes en su pensión, siempre que tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 45%.

Las 11 nuevas enfermedades del catálogo

El rasgo principal que comparten todas las afecciones incluidas en este cambio es su naturaleza degenerativa. Hablamos de condiciones musculares, neurológicas y sistémicas que merman progresivamente la capacidad física y funcional del paciente, afectando a su día laboral y personal por completo. Dentro de este grupo, el Ministerio ha contemplado algunas de las patologías más devastadoras y reconocibles a nivel social, dando cobertura por fin a los afectados por el Parkinson, la espina bífida o la enfermedad de Huntington.

El resto del listado también hace hincapié en las lesiones neurológicas severas, integrando la lesión medular junto a síndromes complejos como la atrofia multisistémica, la parálisis supranuclear progresiva y la degeneración corticobasal. A estas se añaden otras enfermedades que dificultan considerablemente la rutina del trabajador, como la esclerosis sistémica, la amiloidosis por transtiretina y la enfermedad de Steinert (distrofia miotónica tipo 1). Por último, se reconoce el derecho a quienes padecen enfermedad renal crónica en estadio 5, la fase más crítica antes de tener que pasar por diálisis o un trasplante.

Tres requisitos clave para acogerse a la medida

Para disfrutar de esta jubilación anticipada sin las penalizaciones económicas habituales, la modificación del Real Decreto 1851/2009 exige cumplir tres condiciones fundamentales. La primera de ellas es que el trabajador debe estar en alta laboral, o en una situación similar, en el momento exacto de solicitar la prestación a la Seguridad Social.

El segundo requisito indispensable es el historial de cotización. Se exige acreditar un mínimo de 15 años cotizados a lo largo de toda la vida laboral. El matiz más importante es que, dentro de ese periodo, al menos cinco años deben haberse completado estando ya afectado por alguna de estas once patologías y con el grado de discapacidad del 45% debidamente certificado. El tercer y último requerimiento, ligado directamente al anterior, es contar con el diagnóstico oficial y la evaluación formal del grado de discapacidad emitida por los organismos competentes.

El fin de una larga espera

La materialización de esta medida llegará mediante la aprobación de un real decreto antes del verano, coincidiendo su anuncio con la semana en la que se conmemora el Día Mundial de las Enfermedades Raras.

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Con este paso, el actual Ministerio pone fin a una promesa pendiente desde 2020, cuando José Luis Escrivá dirigía el departamento, y atiende una de las demandas históricas más urgentes del colectivo de personas con discapacidad representado por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).

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