Es oficial en el BOE: la deducción de hasta el 40% del IRPF que podrán solicitar millones de españoles en la Renta 2025-26
Medidas fiscales que permitirán a propietarios recuperar parte del dinero invertido en reformas destinadas a reducir el consumo energético de sus viviendas.


Miles de españoles podrán beneficiarse de deducciones de hasta el 40% en viviendas individuales y hasta el 60% en edificios si realizan obras en su hogar que mejoren la eficiencia energética durante la próxima campaña de la Renta, que comenzará en abril. Estas ayudas son posibles gracias a que el Real Decreto-ley 16/2025 ha prorrogado el plazo.
Estas deducciones están vigentes desde enero de 2025 y podrán aplicarse hasta el 31 de diciembre de 2026, ampliándose hasta 2027 en el caso de edificios residenciales.
El porcentaje de reducción no es fijo, sino que depende del tipo de reforma realizada y del ahorro energético conseguido, pudiendo alcanzar el 20% o el 40% en viviendas particulares y hasta el 60% en bloques completos.
En España, todas las viviendas deben disponer de un Certificado de Eficiencia Energética (CEE), que clasifica el consumo desde la A (más eficiente) hasta la G (menos eficiente).
Las viviendas mejor calificadas gastan menos en calefacción y refrigeración, por lo que quienes realicen obras para reducir su consumo energético podrán beneficiarse de estas deducciones en el próximo IRPF.
Hasta 40%
Se podrá aplicar una deducción del 20% si se demuestra una reducción mínima del 7% en la demanda de calefacción y refrigeración, con una base máxima anual de 5.000 euros.
En caso de lograr una reducción de al menos el 30% o alcanzar una calificación energética A o B, la deducción ascenderá al 40%, con una base máxima anual de 7.500 euros.
Para los edificios residenciales, la deducción podrá llegar al 60% si se acredita una reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable o se obtiene una calificación A o B, con una base máxima anual de 5.000 euros por vivienda.
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Para acceder a estas ayudas no basta con declararlo, sino que es obligatorio presentar un CEE anterior y otro posterior a la reforma, expedidos por un técnico acreditado, que acrediten la mejora energética antes del 1 de enero de 2027.
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