¿Es obligatorio llevar gafas o lentillas de repuesto en el coche? Esto dice el Reglamento de la DGT
En la actualidad, no es obligatorio llevar este tipo de elementos de repuesto, pero sí se han de llevar puestas si el conductor las necesita.
El acto de conducir implica gran cantidad aspectos a tener en cuenta con el fin de no suponer un peligro para ningún individuo que se encuentre en la vía. El cumplimiento de la velocidad, la atención a las señales de tráfico, la disposición del vehículo en óptimas condiciones, entre otros, son cosas que es importante tener en cuenta.
¿Qué elementos son obligatorios?
La existencia de un gran número de asuntos a tener en cuenta da lugar a que surjan numerosas dudas entre los conductores. Una de las más comunes es sobre qué elementos son obligatorios llevar en el coche. Aquellos que sí o sí son imprescindibles son: el permiso de conducción o carnet de conducir, el permiso de circulación, que identifica al titular el vehículo, y la tarjeta de inspección técnica del vehículo, donde se incluyen las características técnicas del coche.
Más allá de los documentos imprescindibles, otros que son obligatorios llevar encima están: la pegatina de la ITV, el triángulo, un chaleco reflectante y cadenas para la nieve. No llevar alguno de estos elementos puede suponer grandes multas, que van entre los 100 y los 200 euros.
En lo que refiere a los ‘repuestos”, la Dirección General de Tráfico (DGT) advierte de algunos casos concretos. Por ejemplo, el de la famosa rueda de repuesto. ¿Es obligatorio? La respuesta a esta pregunta es un poco ambigua, pues la norma indica que hay que llevar “una rueda completa de repuesto o una rueda de uso temporal, con las herramientas necesarias para el cambio de ruedas, o un sistema alternativo al cambio de las mismas que ofrezca suficientes garantías para la movilidad del vehículo”.
Otros de los elementos que popularmente se decía que había que llevar siempre de repuesto en el coche era unas gafas o lentillas, en el caso de aquellos conductores que habitualmente las utilizan en la conducción. En la actualidad, no es obligatorio, aunque según la DGT sí es muy recomendable, especialmente si utilizamos el mismo vehículo de forma habitual.
¿Cómo saber si el conductor tiene problemas ópticos?
Lo que sí es obligatorio es llevar puestas las gafas o lentillas si las necesitamos para la conducción, pues de no hacerlo podría suponer una multa. Pero, ¿cómo sabe el agente si necesitamos gafas o lentillas? Este tipo de información aparece en la sección 12 del reverso del carnet de conducir. Si en esta aparece el número ‘01′, significará que presentas problemas ópticos que requieren de la utilización de gafas, lentes de contacto, con un ojo cubierto o necesita de una ayuda específica. Esta información más precisa se puede conocer si este ‘01′ va acompañado de otros números.
Si no se están cumpliendo las reglas en cuanto a las necesidades ópticas, esto se considera falta grave y la sanción podría ser de 200 euros (la mitad por pronto pago). Por ello, si el conductor es una de esas personas que habitualmente se olvida este tipo de cosas en casa, lo más recomendable es que lleve una de repuesto.
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