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Eneko Martínez, experto en RRHH: “La paga extra de Navidad no se abona si estás de baja, salvo si cumples estas excepciones”

La única excepción a la norma general la puede marcar el convenio colectivo, y si este considera que pudiera ser tiempo de trabajo efectivo.

Eneko Martínez, experto en RRHH: “La paga extra de Navidad no se abona si estás de baja, salvo si cumples estas excepciones”
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La paga extra de Navidad es una de las dos pagas extraordinarias que, anualmente, percibe cada trabajador. Es una cantidad adicional sumada a la nómina y que puede suponer una ayuda a la hora de afrontar gastos comunes y navideños.

Sin embargo, hay casos en los cuales esta cuantía no se percibe. Por ejemplo, aquellos que tengan su paga extra prorrateada, es decir, cada mes cobran la parte proporcional de la paga extraordinaria. No es el único, ya que también sucede lo mismo con aquellos trabajadores que se encuentran de baja laboral.

El experto en Recursos Humanos, Eneko Martínez, explicó en un vídeo publicado en su canal de Youtube los motivos por los cuales, por norma general, no se percibe la extra cuando se está de baja. “En un proceso de incapacidad temporal, una baja es una suspensión de la relación laboral, y al ser una suspensión, no se genera derecho a salario”.

Un argumento que esgrimió independientemente del motivo que cause la baja, ya sea enfermedad común, accidente de trabajo o enfermedad profesional. Sobre lo que sucede con la paga, Martínez aclaró que, por norma general, se produce la pérdida del derecho a percibir la paga extra.

Excepción

“Se descuenta del importe de la paga extra el tiempo correspondiente a la situación de incapacidad temporal”. Aun así, quiso dejar claro que puede haber una excepción a esta norma, y esta reside en el convenio colectivo, para saber si, realmente, existiera posibilidad de acceder a su cobro.

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En este caso, añadió que “habrá que ver si está considerado, si se entiende que ese tiempo es tiempo de trabajo efectivo" y, por tanto, si se tiene derecho a la paga extra.

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