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SOCIEDAD

El motivo por el que un hombre que trabajó 46 años se quedó sin pensión de la Seguridad Social

Zahid se quedó sin su pensión de jubilación pese a haber trabajado durante 16.945 días, por no cumplir con todos los requisito que la Seguridad Social.

El motivo por el que un hombre que trabajó 46 años se quedó sin pensión de la Seguridad Social

El tema de las pensiones, aunque a veces puede volverse algo delicado, siempre tiende a ponerse sobre la mesa en cualquier debate. Y es que, todos sabemos que el ser humano tiene una serie de necesidades tales como el agua o la comida pero, ¿existen otras necesidades a parte de las fisiológicas? Pues, aunque muchas veces no se tengan en cuenta, las necesidades legales también son importantes, sobre todo para poder disfrutar de una jubilación digna tras una larga vida laboral.

Para poder disfrutar de un buen retiro y recibir una pensión de jubilación, es importante cumplir todos los requisitos que la Seguridad Social pone y que, si no se cumplen, pueden arruinar por completo todo tus esfuerzos. Este es el caso de Zahid, un hombre de 69 años que no podrá cobrar la pensión de jubilación tras haber trabajado durante 46 años, por errores de cotización y no estar inscrito en la Seguridad Social en algunos momentos.

Según ha determinado la justicia, Zahid no cumple con los requisitos ya que no ha cotizado durante, al menos, 15 años, de los cuales dos deben ser continuos. Ante esta situación, Zahid decidió llevar su caso ante los tribunales y demandar, tanto al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) como a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado el recurso presentado contra la sentencia previamente emitida por el Juzgado de lo Social nº12 de Madrid.

El Tribunal detalla en su fallo que Zahid ha trabajado un total de 16.945 de los cuales 14.379 días corresponden al Régimen General de la Seguridad Social y 2.566 días al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), con superposición de ambos regímenes en ciertos periodos. La solicitud de jubilación fue presentada el 13 de noviembre de 2020. Sin embargo, antes de esta fecha, el Instituto Nacional de Seguridad Social invitó a Zahid a pagar las cotizaciones del RETA no abonadas, lo que no fue cumplido por el solicitante. Según la resolución administrativa, la reclamación previa de Zahid también fue desestimada el 2 de diciembre de 2021.

La doctrina del paréntesis

La sentencia explica que desde la última relación laboral hay que computar hacia atrás los 15 años dentro de los cuales hay que acreditar, al menos, dos años de cotización. El fallo también se refieres a la conocida como “doctrina del paréntesis”, la cual implica marcar como inexistentes algunos parones en la vida laboral de una persona que no ha cotizado por razones ajenas a su voluntad.

Los magistrados estiman que deben desestimar el recurso presentado porque los periodos de inactividad han sido demasiado extensos ya que no estuvo de alta en la Seguridad Social entre noviembre de 2012 y junio de 2013, aunque estuvo de alta en el RETA no se encontraba al corriente de pago en algunos periodos, no estuvo de alta como demandante de empleo entre el 21 de julio de 2005 y el 31 de marzo de 2008 y tampoco entre el 7 de mayo de 2004 y el 19 de octubre de ese mismo año.

Concluyen así que no es posible hacer uso de esta doctrina debido a la falta de continuidad en las inscripciones como demandante de empleo y en las cotizaciones necesarias dentro del periodo de referencia. La Sala, en consecuencia, decidió desestimar el recurso de suplicación de Zahid y confirmar la sentencia de instancia que había rechazado su solicitud de jubilación.

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