El listado de enfermedades que pueden dar lugar a la incapacidad permanente de la Seguridad Social en 2025
Cáncer, aneurisma, insuficiencia renal crónica o fibromialgia son solo algunas de las enfermedades por las que se puede conceder dicha pensión.

Cuando una persona tiene una enfermedad puede resultar limitadora para ella, pero para otra persona no; tal vez una pueda desempeñar su trabajo sin problema. O realmente le puede llegar a incapacitar. Por eso no son las enfermedades sino cómo afecten lo que da lugar a la incapacidad permanente de la Seguridad Social.
Se trata de una prestación reconocida al trabajador cuando este, tras haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta, presenta “reducciones anatómicas o funcionales graves” que disminuyen o anulan su capacidad laboral, según informa en su web la Seguridad Social. Es precisamente el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) quien se encarga de reconocer el derecho de un trabajador a recibir una pensión de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados.
Además, la Justicia también tiene la potestad para conceder este derecho de incapacidad, es otra vía a tener en cuenta. Cabe mencionar que el derecho a percibir esta prestación se extingue en cualquiera de estos escenarios. Revisión de la incapacidad, reconocimiento de la pensión de jubilación cuando se opte por esta pensión y por fallecimiento del pensionista.
En cuanto a las pagas, si la pensión deriva de enfermedad común o accidente no laboral, se abona en 14 pagas, mientras que si deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional se abona en 12 mensualidades, dado que las pagas extra quedan prorrateadas en las mensualidades.
Las 70 enfermedades que pueden incapacitar permanente a un trabajador
Aunque la Seguridad Social no ofrece un listado oficial, existen determinadas enfermedades y patologías físicas o psíquicas que pueden dar lugar a una incapacidad permanente, atendiendo a los criterios del Tribunal Médico que valore al trabajador o trabajadora:
- Alcoholismo
- Agorafobia
- Alzheimer
- Ansiedad
- Aneurisma
- Apnea del sueño
- Arterosclerosis
- Artritis
- Artrosis reumatoide
- ASMA
- Enfermedad de caderas
- Cáncer
- Cardiopatías
- Enfermedad en los codos
- Colitis ulcerosa
- Charcot-Marie-Tooth
- Demencia
- Depresión
- Dermatitis
- Desprendimiento de retina
- Enfermedad de Behcet
- Enfermedad de Crohn
- Epilepsia
- Efisema Pulmonar
- Enfermedad de Perthes
- Esclerosis Múltiple
- Esclerosis Lateral Amiotrófica
- Esquizofrenia
- EPOC
- Espondilitis Anquilosante
- Fibromialgia
- Fatiga Crónica
- Glaucoma
- Gonartrosis
- Hernia Cervical
- Hipoacusia
- Hipertensión pulmonar
- Enfermedad del hombre
- Ictus
- infarto agudo de miocardio
- Insuficiencia mitral
- Insuficiencia renal crónica
- Ludopatía
- Lumbalgia
- Lupus
- Miastenia Gravis
- Migraña
- Neuropatía
- Neuropatía óptica
- Obesidad mórbida
- Pancreatitis
- Parkinson
- Enfermedad de pies
- Enfermedad de manos
- Pérdida de visión
- Síndrome de Arnold Chiari
- Síndrome de Burnout
- Sarcoidosis
- Síndrome de cola de caballo
- Síndrome de Lambert-Eaton
- Taquicardias
- Síndrome de Ménière
- Síndrome de Wolf-Parkinson-White
- Tetralogía de Fallot
- Trasplante de riñón
- Trastorno bipolar
- Uveítis
- Sensibilidad química
- Traumatismo craneoencefálico
- Trastorno obsesivo compulsivo (TOC)
- Trastorno de estrés postraumático
¿Cuáles son los grados de incapacidad?
- Incapacidad permanente parcial: es aquella que ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento profesional en su labor habitual pero que puede seguir desempeñando su trabajo.
- Incapacidad Permanente Total: se ocasiona cuando el trabajador padece una enfermedad o lesión que le impide realizar las tareas fundamentales de su profesión.
- Incapacidad Permanente Absoluta: cuando el trabajador no puede realizar ninguna actividad laboral. Si te reconocen esta incapacidad, tienes derecho a cobrar el 100% de la base reguladora.
- Gran Invalidez: es el mayor grado de incapacidad; además de no poder realizar ninguna actividad laboral, también necesita la asistencia de otra persona para la práctica de su vida diaria.