NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

ACTUALIDAD

El cambio que podría llegar para el IVA de los autónomos en 2025

Hacienda ya está trabajando para quitar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a los autónomos que ganen menos de 85.000 euros.

Actualizado a
El cambio que podría llegar para el IVA de los autónomos en 2025
UnSplash

Multitud de trabajadores por cuenta propia podrán quedar eximidos de incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en sus facturas en dos años. ¿El motivo? Desde hace algunos meses, el Ministerio de Hacienda trabaja codo con codo con las asociaciones de autónomos para elaborar un texto con el que transponer la Directiva europea 2020/285.

Esta normativa entró en vigor el 8 de febrero del 2020 y, básicamente, permite quedar al margen de este impuesto y no tener que presentar las temidas autoliquidaciones trimestrales a aquellos autónomos que facturen menos de 85.000 euros al año.

Objetivo principal

Dicha medida ya se aplica en muchos países europeos y está basada en una directiva que permite a los Estados miembros aplicar regímenes especiales a las pequeñas empresas. Sin embargo, es habitual que algunos Estados -incluido España- se retrasen en la transposición de las normas asumiendo las correspondientes sanciones por parte de Bruselas.

El objetivo es reducir la carga administrativa de las pymes permitiendo establecer “un entorno fiscal que facilite su crecimiento y el desarrollo del comercio transfronteriza”. Con este horizonte, una de las medidas que se ha puesto sobre la mesa es el conocido como régimen de IVA franquiciado, que permite a los trabajadores por cuenta propia acogidos a esta modalidad estar exentos de incluir el gravamen en sus facturas.

IVA franquiciado

Por si esto fuera poco, tampoco aplicarán el tributo a los productos y servicios que adquieran sus clientes, eliminando con ello la obligación de llevar a cabo la liquidación trimestral y anual del IVA. Esto, sin duda alguna, beneficiará económicamente a los autónomos que vendan sus artículos directamente a clientes finales particulares.

¿Por qué? Está claro: básicamente porque podrán mantener considerablemente sus precios de venta al público y convertir, de alguna u otra manera, lo que antes era porcentaje de IVA en un beneficio adicional o, incluso, reducir algo los precios finales de venta. Aunque esto tiene doble cara.

¿Quiénes podrán acogerse?

El límite de no superar los 85.000 euros de facturación para poder beneficiarse de no presentar IVA es lo que marca Europa, pero la propia norma da libertad a los Estados a modificar hacia abajo este umbral o cambiarlo por sectores de actividad.

Por tanto, el único requisito que se exigirá será el de presentar una declaración anual de ingresos de la actividad económica que permita demostrar que el autónomo cumple con el límite fijado. Pese a ello, las asociaciones de trabajadores por cuenta propia insisten en que acogerse a este régimen es opcional y que aquellos que facturen menos de 85.000 euros en ningún caso estarán obligados a optar por esta vía, pudiendo continuar en el régimen de estimación directa.

¿Desactivar la franquicia?

El Estado será el competente para desactivar la franquicia a un autónomo en el territorio nacional (y también el que informe a otro país de la UE) si el trabajador supera el umbral del volumen de negocio, comunica su intención de dejar de acogerse a la franquicia o cesa su actividad.

Para que los países puedan tener un control de los autónomos que se acogen a esta medida, se deberá conceder a cada sujeto un número de identificación individual. En caso de que se acojan a la franquicia de otro país, los autónomos deberán informar a la Administración.

¿Cuándo entrará en vigor?

El secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón, argumentó de manera contundente hace varios meses que la Agencia Tributaria estaba trabajando con las asociaciones de autónomos para aplicar este nuevo modelo lo antes posible.

Según el calendario que manejan ambas partes y a la espera de llevar a cabo todos los cambios necesarios en la normativa, los representantes de los trabajadores por cuenta propia prevén que entre en vigor en enero del 2025. “Es un debate que deberíamos hacer aterrizar en el 2023, para adoptar los posibles cambios legales necesarios en el 2024, de cara a su entrada en vigor en el 2025″, concluyó hace unos meses el propio Gascón.