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SOCIEDAD

Detenida en Asturias tras conducir un quad sin carnet, seguro, ni casco y con el cadáver de un burro

La mujer, de 41 años, está acusada de cometer un delito contra la seguridad vial, se enfrenta a una pena de tres y seis meses de prisión.

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Detenida en Asturias tras conducir un quad sin carnet, seguro, ni casco y con el cadáver de un burro
Pixabay

Una mujer de 41 años del concejo de Lena (Asturias) ha sido detenida por la Policía después de que condujera un quad sin casco, sin carnet de conducir, sin ITV, ni seguro, además de transportar el cadáver de un burro que no tenía el chip identificativo.

Según informa La Voz de Asturias, la mujer circulaba sin carnet por pérdida de puntos. Ante esta cadena de infracciones, los agentes pusieron en conocimiento de los servicios veterinarios de la Oficina Comarcal y de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria del Gobierno del Principado los hechos acaecidos, con el objetivo de avanzar en la investigación y para comprobar “si se pudiesen derivar algún tipo de responsabilidades en materia de bienestar animal”.

Además, el mencionado diario detalló en su información que el remolque en el que iban los restos mortales del animal contaba “con la placa de otro vehículo” que no se correspondía con el quad. Tras lo sucedido la mujer, acusada de cometer un delito contra la seguridad vial, se enfrenta a una pena que oscila entre los tres y los seis meses de prisión, o a realizar entre 31 y 90 días de trabajos a la comunidad.

El delito contra la seguridad vial está tipificado en el capítulo IV de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. La conducción sin la licencia correspondiente, según explica Dexia Abogados, implica la sanción mencionada en caso de que nunca se obtuviera el permiso o que el carnet fuese retirado por decisión judicial.

Qué dice el artículo 384 del Código Penal

“El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción”.