Sociedad

Cumple los objetivos, se va de baja laboral y la excluyen del bono de la empresa: ahora el Supremo ha sentado un precedente clave

El Alto Tribunal reconoció el derecho de una trabajadora de una cadena de moda a percibir el salario variable contra el criterio de la empresa.

Vistas de la fachada de la sede del Supremo, a 21 de diciembre de 2023, en Madrid (España). El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y el presidente interino del Tribunal Supremo (TS) se ha reunido hoy, en plena escalada de tensión por los señalamientos de los partidos independentistas a jueces y magistrados.
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Alberto Ortega / Europa Press
21/12/2023
Alberto Ortega | Europa Press
Actualizado a

El Tribunal Supremo (TS) sentó un precedente clave en el ámbito laboral, después de que reconociera el derecho de una trabajadora de una cadena de moda a percibir el salario variable, aunque se encontrara de baja.

Todo ocurrió a raíz del criterio de la empresa para excluir a esta empleada del incentivo anual, alegando su situación de incapacidad temporal. Este estaba vinculado al cumplimiento de una serie de objetivos del centro de trabajo. Es decir, era un plus ligado al rendimiento colectivo, y no al individual.

La compañía decidió denegar a esta trabajadora el incentivo anual por ese periodo de inactividad. Esta decidió recurrir la decisión, primero, a un juzgado, que le dio la razón, aunque el Tribunal Superior optó por fallar a favor de la interpretación de la empresa.

Sin embargo, el Supremo ha fallado finalmente a favor del recurso de la empleada, reconociendo que no se puede privar del bonus a la trabajadora si ha cumplido los requisitos del sistema. De esta manera, justificó el TS que estar de baja no puede justificar la exclusión del cobro del incentivo.

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A su vez, la sentencia puede suponer un punto de inflexión de cara a futuros casos. La baja médica es el tiempo que necesita el trabajador para recuperar su salud y durante la cual no puede acudir a su puesto de trabajo. Al ser una incapacidad temporal, dura como máximo 365 días, aunque pueden ser prorrogables 180 días más.

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