NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

TRABAJO

¿Cuántos días me corresponden en el trabajo por la operación de un familiar y cómo se justifican?

El permiso estaba limitado a 2 días (o 4 en caso de desplazamiento), pero con la nueva normativa se ha ampliado a 5 días en situaciones de enfermedad o accidente muy grave de un familiar.

Actualizado a
Un pasillo del Hospital Ramón y Cajal, a 4 de enero de 2024, en Madrid (España). En la última semana del año 2023 y la primera del 2024 se han disparado en España los casos de gripe y de Covid, coincidiendo con el virus respiratorio sincital (VRS), causante de la bronquiolitis. La tasa de incidencia de enfermedades respiratorias agudas en España en Atención Primaria se sitúa en 908,6 casos por 100.000 habitantes, lo que supone un aumento del 12,7% con respecto a la semana anterior, cuando la cifra fue de 806 casos. La positividad de la gripe ha aumentado del 20% al 25% esta semana con respecto a la anterior, y lo mismo ha ocurrido con el Covid cuya incidencia ha pasado del 12% al 13%. Mientras, se ha mantenido estable en el caso del virus respiratorio sincital (VRS), con un 14,2% frente al 15,1% en la semana previa.
04 ENERO 2024;HOSPITAL;VIRUS;RESPIRATORIOS;GRIPE;COVID;ENFERMEDAD;SALUD;RECURSOS;SANIDAD
Alejandro Martínez Vélez / Europa Press
04/01/2024
Alejandro Martínez VélezEuropa Press

El Real Decreto-ley 5/2023, ya vigente desde el 30 de junio de 2023, concede a los trabajadores un permiso específico para atender a familiares en situaciones de salud delicada. Este permiso abarca enfermedades graves, hospitalizaciones y cirugías con hospitalización de familiares hasta el segundo grado.

Hasta la fecha, el permiso estaba limitado a 2 días (o 4 en caso de desplazamiento), pero con la nueva normativa se ha ampliado a 5 días en situaciones de enfermedad o accidente muy grave de un familiar. Un punto clave es que no hay restricciones anuales, permitiendo su uso siempre que se cumplan los requisitos.

Podrá utilizarse el permiso de acuerdo con el artículo 9.2 del Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones: “Cualquier dolencia o lesión física o psíquica que incapacite temporalmente para la ocupación o actividad habitual de la persona afectada durante un periodo continuado mínimo de tres meses y que requiera intervención clínica de cirugía mayor en un hospital o tratamiento en el mismo.

Ahora el cónyuge está incluido

Es importante destacar que el permiso no tiene que comenzar exactamente el primer día de la hospitalización y se mide en días hábiles. Puede solicitarse en casos de enfermedad grave, hospitalización, cirugía con hospitalización, o intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario.

La ampliación de este derecho se refleja también en la lista de personas que otorgan al trabajador la facultad de solicitar el permiso. Ahora incluye al cónyuge o pareja de hecho, parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, y cualquier persona que resida en el mismo domicilio que el trabajador y necesite cuidados efectivos.

A la hora de justificar la baja, puedes pedir el comprobante directamente en el hospital. Solo necesitas llevar tu DNI y los datos de tu familiar para obtener el certificado que confirma su ingreso. Asegúrate de que el justificante incluya nombre, apellidos y DNI de la persona ingresada.

Normas