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SOCIEDAD

Condenan a pagar 12.000 euros a una comunidad de vecinos por la caída de un cartero

El repartidor se tropezó con un desnivel de nueve centímetros que había en la puerta del portal mientras estaba de servicio.

Actualizado a
Imagen de un cartero de Correos.
MASSIMILIANO MINOCRIEL PAÍS

Una comunidad de vecinos de Valladolid ha sido condenada a pagar más de 12.000 euros a un cartero que se tropezó en el portal del edificio y sufrió una importante herida en una de sus piernas. Así lo confirmó la sentencia desestimatoria del recurso de apelación de la comunidad y su aseguradora, publicada el pasado mes de julio.

El suceso ocurrió el día 5 de noviembre de 2018, cuando el cartero entró en el edificio para entregar un paquete a uno de los vecinos. Al salir de él, tropezó con una especie de escalón o reborde de la puerta, con la mala suerte de sufrir una importante herida en una de sus piernas.

En concreto, la comunidad de propietarios tendrá que indemnizar con 12.155,20 euros al cartero por las lesiones sufridas, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. La Sección Primera de lo Civil de la Audiencia de Valladolid desestimó el recurso presentado por la comunidad y la aseguradora, Mutua de Propietarios Seguros y Reaseguros.

En la sentencia, recogida por Idealista, la Audiencia considera que había un cambio de nivel entre el portal y la calle debido a un escalón de unos nueve centímetros de altura. El juez estimó que, si bien no era necesaria la colocación de carteles para avisar del escalón, sí que lo sería la instalación de revestimientos llamativos que revelen la presencia del desnivel.

Un felpudo “impide una plena y correcta visualización” del escalón

Además, de acuerdo con la sentencia desestimatoria, en el interior del portal había “una especie de felpudo de plástico de color negro y notable tamaño, que como consecuencia de la iluminación natural y artificial del portal se refleja en el marco metálico e impide una plena y correcta visualización del mismo”.

El juez también explicó en la sentencia que al edificio “lógicamente tienen acceso no solo los vecinos del edificio” y que el cartero había comenzado a trabajar en la zona solo tres días antes del accidente, “por lo que no conocía previamente las condiciones del portal ni por tanto la existencia del desnivel en cuestión”.

La suma concedida en concepto de indemnización corresponde con dos días de perjuicio personal grave, 107 días de perjuicio personal moderado más cinco puntos por secuelas consistentes en perjuicio estético ligero.