Carolina Torremocha, abogada experta en divorcios: “Si uno de los cónyuges decide quedarse con la casa, deberá asumir la hipoteca”
La abogada expuso en un vídeo hasta tres posibles escenarios sobre lo que ocurre con la vivienda familiar si se produce la separación o divorcio.


La vivienda familiar es, en la mayoría de ocasiones, uno de los elementos a considerar en caso de separación o divorcio, y que puede llegar a producir más desencuentros entre las partes.
Son múltiples los expertos que advierten acerca de lo que ocurren con el pago de la hipoteca en estos casos, entre ellos, la abogada experta en divorcios, Carolina Torremocha, quien expuso hasta tres escenarios probables. El primero y más común, cuando una de las partes se queda con la vivienda familiar.
En este escenario, se sigue compartiendo el préstamo hipotecario. Es decir, ambos obligados a pagar la hipoteca porque no se ha cambiado el título constitutivo de la misma, tal y como expuso la experta. “Quien abandona la vivienda, tiene la desventaja de seguir pagando la hipoteca y adquirir o alquilar una nueva”.
No es el único que mencionó. Otro escenario que puede darse en caso de divorcio puede ser el de la venta del inmueble, de modo que el dinero obtenido de la venta, se destine a cubrir la hipoteca. “Si queda algo de resto, se divide al 50% o en la proporción establecida con la entidad bancaria”, manifestó.
El último de ellos, es la novación o subrogación hipotecaria. Acerca de esta cuestión, Torremocha señaló la importancia de que el banco apruebe la operación y la razón por la cual podría no hacerla. “Puede no hacerlo si la parte interesada no dispone de ingresos suficientes para hacerse cargo en solitario de la hipoteca”.
Gastos de suministros y mantenimiento
Otro aspecto a destacar es qué sucede con los suministros y arreglos que se deben efectuar en la misma. En ese caso, la persona a la que se ha adjudicado el uso y disfrute de la vivienda es la encargada del pago de todos los gastos relacionados con el mantenimiento y los suministros.
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Una decisión que puede tomarse por dos vías, ya sea por un convenio por ambas partes o, por otro lado, la decisión de los tribunales. Una vez elegida la persona encargada de estos gastos, la otra parte queda exenta de hacerse cargo de estos.
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