Sociedad

Buenas noticias para millones de españoles: los trabajadores que pueden pedir el permiso retribuido de cuatro días por olas de calor

El Ministerio de Trabajo recuerda un derecho laboral clave ante las temperaturas extremas que afectan al país.

11 AGOSTO 2025
Francisco J. Olmo / Europa Press
11/08/2025
Francisco J. Olmo
Actualizado a

La intensa ola de calor que azota España desde hace más de una semana ha llevado al Ministerio de Trabajo y Economía Social a recordar que los trabajadores expuestos a condiciones extremas pueden acogerse a un permiso retribuido de hasta cuatro días. Este derecho se aplica cuando, debido a alertas meteorológicas, es imposible acceder al centro de trabajo o transitar por las vías necesarias para llegar.

En un mensaje en la red social X (antes Twitter), el departamento que dirige Yolanda Díaz subrayó que “la exposición a altas temperaturas en el centro de trabajo no debe suponer un riesgo para la salud de las personas trabajadoras”. Además, recordó que la temperatura interior en locales y naves industriales debe mantenerse entre 14 y 25 ºC, y en oficinas entre 17 y 27 ºC.

El permiso se extiende tanto a quienes trabajan al aire libre como a aquellos que, para acudir a su puesto, deben exponerse a temperaturas extremas. Según el Ministerio, “cuando se emite una alerta naranja o roja por clima adverso puedes reducir o modificar tu jornada al aire libre” y, si no es posible acudir al centro, “también se conceden 4 días de permisos climáticos retribuidos”.

Un derecho con origen en la DANA de 2024

Esta medida se incorporó tras la catástrofe provocada por la DANA a finales de octubre de 2024, cuando numerosos trabajadores se vieron en peligro por carreteras inundadas y otras circunstancias letales. El Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, modificó el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores para añadir este nuevo permiso retribuido.

El texto legal especifica que puede solicitarse “hasta cuatro días por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo”, cuando las restricciones o prohibiciones de desplazamiento sean dictadas por las autoridades. También es válido “cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso”.

Si, tras agotar estos cuatro días, persisten las circunstancias que motivaron el permiso, este podrá prorrogarse. En ese caso, la empresa podrá aplicar una suspensión temporal del contrato o reducir la jornada por fuerza mayor.

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En aquellos puestos en los que sea posible, la norma prevé que el empleador pueda establecer el teletrabajo, garantizando siempre que se disponga de los medios, equipos y herramientas adecuados para desarrollar la actividad.

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