Sociedad

Buenas noticias para los propietarios en España: puedes negarte a pagar una derrama si cumples con estas condiciones

Un pacto que puede extenderse a lo largo de muchos años.

Fachada de las nuevas viviendas que se están acondicionando para los vecinos afectados por el incendio de Campanar, a 26 de febrero de 2024, en València, Comunidad Valenciana (España). Los vecinos de los edificios afectados por el incendio de Campanar, tanto propietarios como inquilinos, pueden acceder esta semana a las 131 viviendas de nueva construcción de un inmueble de Safranar que el Ayuntamiento de València ha puesto a su disposición, que ya están equipadas.
26 FEBRERO 2024;VALENCIA;INCENDIO;VIVIENDAS;VECINOS AFECTADOS
Rober Solsona / Europa Press
26/02/2024
Rober Solsona | Europa Press
Alberto Zaragoza Lerma
Editor para NFL
Actualizado a

Las comunidades de vecinos generan todo tipo de historias y conflictos a lo largo del tiempo, y es habitual que muchos de ellos surjan en torno a las derramas y obras extraordinarios, acciones que acaban derivando en negativas o incumplimientos por parte de algunos propietarios.

¿Se puede un propietario negar a pagar una derrama? Recientemente, el Tribunal Supremo confirmó que no se puede obligar a contribuir a los gastos de una comunidad si ya existe un pacto anterior que exime a aquellos que votaron en contra.

Buenas noticias para los propietarios en España: puedes negarte a pagar una derrama si cumples con estas condiciones

La importancia de conocer los acuerdos realizados en una comunidad

De cara a este hecho se analizó un caso que arrancó en el año 1994, cuando una comunidad de vecinos se decidió a instalar un ascenso. La mayoría del edificio votó a favor, pero se pactó que solo costearían la obra aquellos que la apoyaron. Desde ese momento, los que se negaron no tuvieron que formar parte de la derrama, y este hecho continuaría teniendo importancia varias décadas después.

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Esa misma comunidad, trató de revisar ese pacto en el año 2018, exigiendo el pago a todos, incluidos aquellos que se beneficiaron de negarse a la derrama. El Tribunal Supremo reconoció el carácter vinculante de los pactos previos, declarando nulo el cambio al carecer de unanimidad entre los propietarios afectados. Esto es algo a tener en cuenta para los administradores de comunidades, y es que antes de tratar de modificar acuerdos se debe confirmar si existen exenciones que hayan sido aceptadas por unanimidad.

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