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SANDRO ROSELL

Archivan la querella de Rosell contra Villarejo por la ‘operación Cataluña’

La Audiencia de Madrid considera que la denuncia del expresidente del Barcelona se basa en “noticias que no tienen valor probatorio”.

El expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell durante una mesa redonda en el Colegio de Abogados de Barcelona, a 24 de octubre de 2023, en Barcelona, Catalunya (España). El Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) es una corporación profesional a la que deben pertenecer los abogados que ostenten el título de abogado para poder ejercer la abogacía en toda España.
24 OCTUBRE 2023;BARCELONA;CATALUNYA;COLEGIO DE ABOGADOS DE BARCELONA
Kike Rincón / Europa Press
24/10/2023
Kike RincónEuropa Press

La querella formulada por Sandro Rosell, presidente del Barcelona entre 2010 y 2014, ha sido finalmente archivada por la Audiencia Nacional de Madrid. Así lo ha confirmado en el día de hoy la Sección Segunda del citado organismo, presentada contra tres mandos del Cuerpo Nacional de Policía y un oficial del FBI.

El motivo de la misma era la supuesta comisión de delitos de organización criminal, acusación y denuncia falsa, falsedad en documento oficial y detención ilegal, dictada por el Juzgado de Instrucción número 13. En su momento, ya consideró que no aparecía debidamente justificada la perpetración de los delitos previamente mencionados.

La sala, como ya hiciera el Juzgado instructor, considera que las pruebas no son suficientes para avalar la realidad indiciaria de los hechos que se denuncian. De este modo, no hay justificación para seguir con la investigación sobre la supuesta operación que habría organizado el Estado contra Sandro Rosell. En dicha operación, los querellados habrían tenido un papel destacado a la hora de elaborar informes policiales con datos falsos sobre el expresidente del club blaugrana.

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Según se extrae del estudio de la querella, los datos que la sostienen se basan únicamente en publicaciones de prensa en las que se emiten manifestaciones sobre la presunta campaña de persecución contra Rosell, que habrían organizado cargos públicos y responsables policiales por su hipotética relación con el independentismo catalán en su época como presidente.

Respecto a esta teórica persecución, se añade que la investigación judicial se sostuvo en datos falsos que fueron maliciosamente presentados tanto a la fiscal como a la magistrada instructora del caso. Ahora, según confirma la resolución, contra la que no cabe interponer recurso ordinario, “las noticias periodísticas no tienen otro valor que el de ser vehículo de transmisión de una notitia criminins, sin valor probatorio, ni tan siquiera indiciario más allá de las fuentes en que se apoyan”.

Y se añade que las fuentes son “conversaciones grabadas subrepticiamente, anotaciones en una agenda de Villarejo, intervenida judicialmente, entrevistas públicas de distinta índole y declaraciones de Villarejo en las comisiones de investigación parlamentarias”.

Una circunstancia que, para los jueces, lleva a la conclusión de que “continuar la investigación de los hechos denunciados por meras sospechas es claramente prospectiva”, algo que la ley prohíbe al ser “incompatible con los principios de nuestro Estado Democrático de Derecho”.

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