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Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, sobre un posible recorte de la pensión máxima: “Es un poco complicado de explicar”

Un mensaje reciente en las herramientas oficiales alerta a quienes planean adelantar su salida del mercado laboral.

Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, sobre un posible recorte de la pensión máxima: “Es un poco complicado de explicar”
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David Cuéllar
Becario de Actualidad en As
Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y actualmente estudiante del Máster en Periodismo Multimedia Profesional en la misma institución, su trayectoria académica y profesional está marcada por una pasión por la escritura que le acompaña desde la infancia.
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Álvaro Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, ha publicado un vídeo de TikTok, donde explica que podría haber un recorte de 400 euros en la pensión máxima de jubilación en 2026: “Es un poco complicado de explicar, pero intentaré hacerlo de manera pausada”, comenta.

@almucuen

Un recorte de 400€ en la pensión máxima de jubilación para 2026

♬ sonido original - Alfonso Muñoz

“Desde hace unos días, en el simulador de la Seguridad Social aparece un mensaje que indica que, a partir del 1 de enero de 2026, deja de tener aplicación lo dispuesto en el apartado segundo de la disposición transitoria 34, que afecta a la jubilación anticipada”, comenta Muñoz.

Para empezar, explica qué es la disposición transitoria 34, cuyo objetivo principal es penalizar a aquellos trabajadores que, jubilándose anticipadamente, y aplicándose la normativa general, no sufrirían penalización en el importe de su pensión.

Para entenderlo mejor, pone un ejemplo: un trabajador que se jubile con 65 años, con una base reguladora de 4.000 euros y 44 años y 6 meses cotizados, tendría derecho al 100% de su pensión, por lo que su pensión teórica sería de 4.000 euros, pero en la práctica cobraría la pensión máxima, que es de 3.267 euros (en 2026 la pensión máxima pasa a ser de 3.359,60 euros)

Por otra parte, un trabajador con las mismas características, que se jubile a los 63 años, tendría un coeficiente reductor del 13%, por lo que su pensión se quedaría en 3.480 euros, pero cobraría la pensión máxima, igual que el anterior.

“Por tanto, adelantar voluntariamente la jubilación no tendría efectos negativos sobre el importe de su pensión. Pero ¿qué establece la disposición transitoria 34 sobre estos supuestos? Viene a establecer que a aquellos trabajadores que quieran adelantar su jubilación y cuyo importe resultante sea superior a la pensión máxima, se les aplicarán coeficientes reductores específicos, contemplados en el apartado 2 de esta disposición, pero directamente sobre la pensión máxima”, explica Muñoz.

Es decir, al trabajador del segundo ejemplo se le aplicaría un coeficiente reductor del 5,80% sobre la pensión máxima, cobrando como pensión 3.079 euros.

¿Por qué se va a dejar de aplicar esta disposición en 2026? Porque se da por finalizado el periodo de 10 años previsto como consecuencia de la evolución de la pensión máxima.

Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, sobre un posible recorte de la pensión máxima: “Es un poco complicado de explicar”
El aviso que sale en la Seguridad Social cuando simulas cómo quedaría tu jubilación.

Reductores de carácter general

Según Muñoz, a partir del 1 de enero de 2026, a las jubilaciones anticipadas voluntarias se les aplicarán los coeficientes reductores de carácter general establecidos en el artículo 208, en lugar de los establecidos en la disposición transitoria 34, que eran más bajos.

Para explicarlo, pone otro ejemplo: en el caso de un trabajador con 38 años cotizados que quiera jubilarse voluntariamente dos años antes y cuya pensión sea superior a la máxima, con la normativa de la DT 34 se le aplicaría una reducción del 9,10%, dejándola en 3.053,93 euros.

Con la normativa general, que se empezó a aplicar a partir del pasado 1 de enero, se produciría una reducción del 21%, por lo que en el caso anterior la pensión se quedaría en 2.654 euros.

Excepciones en algunos casos

A este trabajador se le recortarían unos 400 euros. “¿Esto es así en todos los casos? Pues no. Conviene aclarar que se sigue manteniendo lo dispuesto en el punto tres de la disposición transitoria 34”, comenta Muñoz.

Los casos en los que no se aplicará este recorte son, en primer lugar, cuando la extinción del contrato se haya producido antes del 1 de enero de 2022, siempre que con posterioridad la persona no haya cotizado más de 12 meses en alguno de los sistemas de la Seguridad Social.

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El otro caso es cuando la extinción del contrato se haya producido después de esa fecha, pero como consecuencia de un expediente de regulación de empleo (ERE) o de un acuerdo colectivo con la empresa, siempre que haya sido aprobado antes del 1 de enero de 2022.

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