Sociedad

Alerta entre los británicos en España por la nueva medida para usar el medio de transporte más polémico

El BOE exigirá desde 2026 un seguro obligatorio para scooters y bicicletas eléctricas que superen ciertos límites de velocidad o peso.

El uso de la patinetas eléctricas en la capital del país ha tenido un impacto significativo en los últimos seis años. (Colprensa - Diego Pineda)
Diego Pineda
David Cuéllar
Becario de Actualidad en As
Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y actualmente estudiante del Máster en Periodismo Multimedia Profesional en la misma institución, su trayectoria académica y profesional está marcada por una pasión por la escritura que le acompaña desde la infancia.
Actualizado a

El Boletín Oficial del Estado (BOE) tiene un nuevo requisito que entrará en vigor el 2 de enero de 2026 sobre los monopatines eléctricos y las bicicletas eléctricas, que pronto requerirán un seguro específico para poder circular por la vía pública.

En España, estas formas de transporte se han vuelto muy comunes, dado que son una manera barata, ecológica y eficiente de trasladarse. Sin embargo, uno de los inconvenientes de este tipo de desplazamiento es la seguridad, ya que, por ejemplo, ver a gente sin casco en uno de estos vehículos es algo muy habitual. Con esta nueva norma se busca establecer una clara responsabilidad en este modo de transporte.

Según el BOE, estas nuevas regulaciones se aplicarán a los vehículos con propulsión cuya velocidad máxima supere los 25 km/h, o con un peso superior a 25 kg y una velocidad máxima superior a 14 km/h.

Esta medida también se aplica a los remolques o semirremolques de estos vehículos, estén conectados o no, así como a las motocicletas o ciclos asistidos por pedales con propulsión capaces de superar los 25 km/h.

Los vehículos incluidos en la categoría L1e-B de la UE también estarán afectados por estas regulaciones, al igual que los vehículos asistidos por pedales con propulsión auxiliar que superen los 45 km/h.

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Dentro de estas medidas existen algunas excepciones, que son las siguientes: vehículos oficialmente dados de baja y no en uso como transporte, remolques ligeros y semirremolques de menos de 750 kg.

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