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ECONOMÍA

¿Qué pasa si un heredero fallece antes que el testador y quiénes no pueden heredar?

Existen varios supuestos y es determinante si el testador ha dejado o no testamento. Se dan otros escenarios cuando no hay herederos directos o hay causa de indignidad.

Actualizado a
Dinero

Cuando un heredero fallece antes que la persona de quien va a heredar, se presenta una situación particular en cuanto a la sucesión de bienes y patrimonio. La línea de sucesión sufre variaciones y también se puede dar el caso de que una herencia sea repudiada. Estos son los posibles escenarios:

Fallecimiento del heredero sin aceptar o repudiar la herencia

Si un heredero fallece antes de aceptar o repudiar la herencia, su derecho pasa directamente a sus propios herederos. Esto se conoce como derecho de transmisión. Por ejemplo, si el hijo del testador muere sin haber aceptado ni rechazado la herencia, sus hijos (los nietos del testador) heredarán por representación. Es decir, se repartirán por partes iguales la porción hereditaria que correspondía a su progenitor.

En general, los siguientes parientes sustituyen al heredero fallecido en la sucesión: Si hay testamento, se respetan los derechos hereditarios en este orden: hijos y descendientes, padres y ascendientes, y finalmente el cónyuge. Si no hay testamento, los llamados a suceder son: hijos y descendientes, padres y ascendientes, cónyuge, hermanos e hijos de hermanos, y otros parientes en línea colateral hasta el cuarto grado.

Fallecimiento del heredero antes que el causante

Se puede dar el escenario que el heredero (por ejemplo, un hijo) fallece antes que su padre (el testador). Eso abre otros escenarios. Uno de ellos es si el padre no hizo testamento. Se aplican las normas de la sucesión intestada, y se pasa al siguiente familiar con derecho a heredar en la línea de sucesión.

Si el padre sí ha hecho testamento después de conocer la muerte de su hijo y heredero, simplemente debe obviarlo en su testamento y nombrar herederos a los parientes que le sigan en grado. Los nietos, en este caso, se repartirían la parte que correspondía a su progenitor. En esta situación, se aplica el derecho de representación, lo que significa que los herederos del heredero fallecido toman su lugar en la herencia y heredan por representación del primero.

Las personas que no pueden heredar

Además, hay personas que no pueden heredar por causa de indignidad, como aquellos que han atentado contra la vida del testador, han acusado calumniosamente al testador de delito o han obligado al testador a hacer o cambiar su testamento mediante amenazas o fraude.

¿Qué pasa si no hay herederos directos?

Cuando una persona fallece sin dejar herederos directos, como hijos, padres o cónyuge, la ley establece quiénes serán los herederos de esa persona. En primer lugar, se buscará a familiares más lejanos, como hermanos, tíos, primos, abuelos, etc. Si no se encuentran familiares directos ni lejanos, entonces los bienes pasan a ser propiedad de la Administración Pública. Esta entidad será la encargada de gestionarlos.

Cada comunidad autónoma tiene su propia normativa y actuará en base a ella. Por ejemplo, en Galicia, Navarra o Cataluña, los bienes del fallecido pueden ser subastados a precios más económicos del valor real de la propiedad. Para los gobiernos autonómicos, esto representa una inyección económica. En 2018, la subasta organizada por la Generalitat de 27 pisos cuyos propietarios murieron sin herederos supuso una ganancia de 3,8 millones de euros. En el caso de Navarra, aunque la cifra es menor (33.500 euros), su destino será social.

En algunas ocasiones, hay herencias que no tienen herederos o que las administraciones públicas aún siguen buscándolos sin éxito. En estos casos, hay particulares que aseguran la existencia de algunos herederos. De hecho, existen empresas especializadas en buscar a dichos familiares. Por esta labor, recibirán un porcentaje del valor de los bienes. Estos servicios son contratados por personas anónimas o administradores de fincas que están asumiendo una deuda o el pago de impuestos atrasados por no aparecer heredero alguno.

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