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ELECCIONES GENERALES 23J

¿Puedo votar en mesa el 23J si he votado por correo? ¿Y si no he enviado o no me ha llegado el voto?

Los electores que han votado por correo o han solicitado esta opción no tendrán derecho a votar de forma presencial, tal y como recoge la Ley Electoral.

Actualizado a
Voting box and election image,election
krisanapong detraphiphatGetty Images

Este 23 de julio, todos los españoles tenemos una cita con las urnas. Llegan las elecciones generales y en estos comicios tendremos la oportunidad de decidir el futuro político de nuestro país para los próximos cuatro años.

¿Se puede votar presencial si ya he votado por correo?

Una de las grandes cuestiones es saber si podemos votar de forma presencial si ya lo hemos hecho a través del voto por correo. En este sentido, los electores que han recibido el certificado del voto por correo no pueden ejercer este derecho de forma presencial. Esto significa que, independientemente de que se emita el voto, una vez que se solicite la opción de votar por correo, nadie podrá participar en los comicios en mesa.

¿Se anula el voto por correo si voy al colegio electoral de forma presencial?

La ley no ampara que ningún ciudadano que haya solicitado el voto por correo pueda acudir a votar de nuevo ni tampoco que pueda anular su voto. Es decir, como se ha explicado antes, no podremos votar ni anular nuestro de forma presencial si ya lo hemos hecho por correo (incluso si hemos pedido el voto por correo, pero no lo hemos enviado).

Una pequeña excepción para votar de forma presencial

Sin embargo, existe una pequeña excepción. Un ciudadano cuyos trámites para votar por correo no hayan sido aceptados sí podrá acudir a la mesa electoral a ejercer su derecho al voto.