NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

POLÍTICA

¿Se puede solicitar el voto por correo de forma online y cuáles son los requisitos?

El voto por correo es uno de los elementos más recurridos en unas elecciones. Detallamos lo que se debe saber sobre la solicitud online de dicho concepto.

El voto por correo es uno de los elementos más recurridos en unas elecciones. Detallamos lo que se debe saber sobre la solicitud online de dicho concepto.
Alberto Ortega - Europa Press - ArchivoEuropa Press

España se encamina de nuevo a unas elecciones generales. Tras los resultados del 28M, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tomó la decisión de disolver las Cortes y convocar por anticipado, ya que estaban previstos para final de año, unos comicios que pueden ser decisivos para el futuro político del país de cara a los próximos cuatro años. La maquinaria, desde ese momento, se puso en marcha.

Hay muchos detalles que se deben tener en cuenta acerca de esta circunstancia. Uno de los más relevantes es el voto por correo. Se debe mencionar que no solo se puede pedir de forma presencial, sino también de manera telemática. Detallamos lo que se debe saber sobre las solicitudes de voto por correo de forma online y los requisitos que se han de reunir.

¿Se puede solicitar online el voto por correo de cara al 23-J?

Las elecciones generales que se celebrarán el próximo 23 de julio están cada vez más cerca. Hay que tener en cuenta muchos y variados detalles, entre los que destaca la solicitud del voto por correo que, en esta ocasión, adquiere una dimensión más grande, debido a la gran cantidad de personas que no podrán acudir a sus locales electorales por diferentes motivos, aunque destacan los viajes vacacionales por encima del resto. Correos trabaja a destajo para poder satisfacer las demandas de los ciudadanos.

Es por ello por lo que cabe preguntarse si, además de forma presencial, se puede solicitar el voto por correo de forma online. En este caso, la respuesta a dicha cuestión es afirmativa. La empresa pública de Correos ha habilitado, a través de su página web oficial, un espacio para que todo aquel que desee solicitar este elemento por Internet, pueda hacerlo con todas las garantías posibles.

¿Cuáles son las fechas clave para presentar la solicitud online de voto por correo?

Este es otro de los elementos más importantes que se deben tener en cuenta acerca de dicha solicitud. Tal y como apunta Correos, se puede pedir desde el momento en el que apareció la convocatoria de elecciones generales en el BOE, esto es, desde el pasado 30 de mayo, hasta apenas 10 días antes de que se celebren en toda España los comicios que pueden decidir el destino político de nuestro país para los próximos cuatro años.

Asimismo, tal y como se informa, “la Oficina del Censo Electoral enviará la documentación para el voto por correo al domicilio/ dirección donde se vaya a encontrar el interesado a partir del 3 de julio hasta el 16 de julio”.

¿Cuál es el plazo que tiene el votante para poder emitir su voto?

Este es otro punto que se debe tener en cuenta y que no puede pasar desapercibido acerca del voto por correo en los próximos comicios del 23 de julio. Tal y como señala la información mencionada anteriormente, el ciudadano, que puede emitir su voto entregando el sobre con dicho elemento en cualquier oficina de Correos, tiene un plazo concreto.

Ese plazo se abre el próximo 3 de julio y finaliza el próximo día 20 del séptimo mes del año. Durante casi tres semanas, los ciudadanos que tengan intención de votar en las elecciones podrán hacerlo desde cualquier oficina de la corporación pública, y podrán llevar a cabo su participación en la fiesta de la democracia hasta tres jornadas antes de que se celebren las elecciones generales.

¿Qué se necesita para solicitar el voto por correo online?

Este es otro de los aspectos que más relevancia cobran a la hora de hablar de la solicitud del voto por correo de forma online. Tal y como se informa desde Correos, hay que tener un certificado digital o un DNI electrónico. Asimismo, se debe contar con la aplicación conocida con el nombre de Autofirma, y que esta esté instalada en el dispositivo desde el que se vaya a realizar esta gestión.

El proceso requiere, en primer lugar, de la solicitud del DNI electrónico, en el caso de que el ciudadano tenga este concepto. En este caso, se debe tener “insertado en el lector de tarjetas o un certificado digital válido que deberá tener instalado en su ordenador”. Posteriormente, el siguiente paso consiste en completar los datos que se piden para poder hacer la solicitud de forma correcta y se pedirá la firma electrónica.

En este momento, entra en juego Autofirma, ya que esta aplicación permite poder firmar desde el ordenador esta solicitud, y, en cuanto, se lleve a cabo dicho proceso, el proceso para poder votar por correo estará presentado. En el caso de que se acepte por parte de la Oficina del Censo Electoral, se mandará toda la documentación a la dirección puesta en el formulario.

¿Quiénes pueden optar a la solicitud de voto por correo?

Tal y como se informa desde el ente público, estos son los ciudadanos que pueden solicitar de forma online su derecho al voto por correo:

  • "Los electores residentes en España. Una vez presentada la solicitud vía web, si es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, no podrá votar en la mesa electoral el día de la votación".
  • "Los electores residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España, con derecho de voto en las elecciones convocadas. No puede ser utilizada por los electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero, ni por los electores residentes en el extranjero que lo soliciten desde su país de residencia".