¿Qué pasa si tengo que trabajar y soy parte de una mesa electoral en las elecciones extremeñas?
El día de la votación el 21-D tienes permiso retribuido por toda la jornada, sin pérdida de salario, para ejercer tu función como presidente, vocal o interventor.

Extremadura vota el domingo 21 de diciembre. Serán numerosas las mesas electorales a lo largo de todas las localidades que necesiten presidente, vocales, interventores... Y puede que muchos de los ciudadanos ese domingo trabajen, y surgen las dudas, especialmente las legales, cómo actuar, cómo pedir permisos.
Las mesas electorales para las elecciones de este domingo 21 de diciembre estarán formada por tres personas: la que ostenta la presidencia, y las dos que ejercen como vocales; incluso si has sido designado como apoderado, también disfrutas de permiso retribuido el día de la votación, pero no del descanso adicional del día siguiente.
Siempre que desempeñen sus funciones como tales durante la jornada electoral, tienen derecho a:
- Dieta de 70 €.
- Permiso retribuido durante el día de la votación, si es laborable, y una reducción de cinco horas de duración en su jornada de trabajo del día después de las elecciones, en el caso de trabajar por cuenta ajena y en el caso del personal funcionario.
- Protección del Sistema de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que pudieran derivarse de su participación en las elecciones. Como garantía de la constitución de la Mesa, para cada una de estas personas se han designado dos suplentes.
A las 8 de la mañana del día de la votación deben estar presentes en el local electoral las tres personas que integran la Mesa y sus suplentes. Una vez constituida la Mesa, las personas suplentes que no hayan tenido que sustituir a las titulares pueden abandonar el local electoral.
Antes de abandonar el local electoral dichas personas, debe hacerse constar en el acta de constitución de la Mesa el nombre y apellidos de las personas suplentes que acudieron al local electoral y que no tienen que quedarse durante el resto de la jornada electoral, pudiendo acompañarse de la firma del interesado que lo desee.
Asimismo, la Mesa les debe entregar un justificante de asistencia. La Mesa podrá encontrar ayuda, a lo largo de la jornada electoral, en la persona designada como representante de la Administración, que desde primera hora de la mañana se encontrará en el local electoral.
- Los presidentes y vocales tienen derecho a 5 horas de permiso retribuido como descanso compensatorio el día siguiente, sin necesidad de recuperarlas.
- Los interventores suelen gozar del día completo de permiso el día de la elección, pero no reciben las 5 horas extras al día siguiente, ya que su papel es considerado voluntario.
- En el caso de los apoderados, solo tienen derecho al permiso por el día electoral.
- Si trabajas en turno de noche la noche anterior a la jornada electoral, puedes solicitar un ajuste de horario para asegurarte un descanso adecuado antes del día de las elecciones.
La mesa electoral entregará un certificado o justificante que acredita la participación ciudadana, un documento que sirve para que tu empresa gestione correctamente los permisos correspondientes. Debes guardar el justificante de la mesa y gestionar los permisos con antelación a través de tu empresa o portal de recursos humanos para que no tengas problemas futuros.
Qué pasa si trabajas y acudes a votar (sin otro cargo)
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Para quienes no forman parte de la mesa pero sí van a votar y trabajan ese día deben tener en cuenta que el permiso se concederá en función del solapamiento entre su jornada laboral y el horario de votación (09:00–20:00):
- Menos de 2 h de solapamiento: sin permiso
- 2 – 4 h: 2 h retribuidas
- 4 – 6 h: 3 h retribuidas
- 6 horas ó más: 4 h retribuidas
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