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POLÍTICA

¿Qué es una DR? Los motivos por los que Ayuntamiento de Madrid rechazó las obras en la vivienda de la pareja de Ayuso

En agosto de 2022, González Amador presentó una declaración responsable para llevar a cabo una serie de obras en su piso de Chamberí (Madrid). Fue rechazada en diciembre del mismo año.

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, a su llegada a una sesión plenaria en la Asamblea de Madrid, a 14 de marzo de 2024, en Madrid (España). La Asamblea de Madrid es hoy escenario del primer choque entre la izquierda --PSOE y Más Madrid-- y de la presidenta autonómica, Isabel Díaz Ayuso, tras conocerse la denuncia de la Fiscalía Provincial contra su pareja por dos delitos fiscales, delitos de defraudación tributaria y uno de falsedad de documento mercantil por los que se habrían evadido casi 351.000 euros.
14 MARZO 2024;PLENO;PAREJA;HACIENDA;FISCALÍA;EVASIÓN
Carlos Luján / Europa Press
14/03/2024
Carlos LujánEuropa Press

Martes, 13 de diciembre de 2022. Aquel día, el Ayuntamiento de Madrid publicó la resolución de la Declaración Responsable presentada por la pareja de Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador, sobre las obras que este quería llevar a cabo en el piso que tiene a su nombre en Chamberí (Madrid).

En ella, el consistorio de la capital determinó la paralización de las obras al declarar “la ineficacia” de la declaración responsable. El motivo alegado por el consistorio de la capital en la mencionada sentencia para adoptar dicha respuesta, se debió a que los técnicos apreciaron la “inexactitud, falsedad u omisión” de los documentos presentados. En el segundo punto de la resolución, se determinó lo siguiente.

Documentación a presentar junto con la Declaración Responsable

  • Solicitud mediante el acceso al sistema de licencias municipales (SLIM), disponible en Tramitar en línea, para la que se necesita la Identificación electrónica de la persona titular de la actuación y, en su caso, de su representante.
  • Documentación establecida en el anexo II.B) de la OLDRUAM.
  • Documentación técnica que proceda, conforme al anexo II de la OLDRUAM, que incluirá el presupuesto de las obras e instalaciones fijas a precios actuales de mercado.
  • Tasa por prestación de servicios urbanísticos, para la que se debe aportar copia de la autoliquidación pagada.
  • Documentación para la finalización de la actuación: anexo II.D de la OLDRUAM. 
  • En el caso de realizar obras, deberá presentar: Autoliquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). La autoliquidación provisional será del 4% del importe del presupuesto de ejecución material y definitiva según el coste real y efectivo de las obras. Puede realizar con carácter previo el pago telemático del ICIO.

Ordenar la paralización y/o el cese inmediato de la actuación con la imposibilidad de iniciar o continuar las obras desde el momento de adopción de la resolución y, en su caso, la obligación de restituir la situación física y jurídica al momento previo a la realización de la actuación, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la OLDRUAM”. En el tercer punto, se advirtió a la persona interesada que se mantendría “en tanto no obtenga una licencia o presente declaración responsable que subsane los incumplimientos”.

Documento imprescindible para la ejecución de obras en viviendas

En lo que respecta a la Declaración Responsable, se trata de un documento imprescindible que faculta al titular de la actuación urbanística para el inicio de la actividad declarada para la ejecución de las obras en una vivienda o en locales.

Es decir, mediante la firma y la entrega del documento, el interesado manifiesta que, bajo su responsabilidad, la actuación urbanística que pretende realizar “cumple con los requisitos exigidos en la normativa urbanística y sectorial aplicable a dicha actuación”. Podrá ser tramitada o bien ante el Ayuntamiento, o bien con intervención de una Entidad Colaboradora Urbanística (ECU).

Para presentarla correctamente, según informa el Ayuntamiento en su web, se deben conocer los requisitos necesarios que se pueden consultar en nuestro Decálogo general. Además, la documentación esencial que debe acompañar a la declaración responsable, las actuaciones que están excluidas de este régimen de declaración responsable incluidas en el anexo I de la OLDRUAM, y las actuaciones no sujetas a ninguno de los medios de intervención urbanística de los regulados en la OLDRUAM.

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