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POLÍTICA

Los españoles que tienen que comprobar el CERA para votar en las elecciones del 28-M

Antes del 28 de mayo, los españoles que residan de forma permanente en el extranjero deben consultar la lista CERA del censo electoral.

Antes del 28 de mayo, los españoles que residan de forma permanente en el extranjero deben consultar la lista CERA del censo electoral.
Eduardo Briones Europa Press

El 28 de mayo, millones de españoles están convocados a las urnas para participar en las elecciones autonómicas y municipales. Varios territorios ponen su futuro político en juego, como es el caso de la Comunidad de Madrid, la Comunidad Valencia, Aragón o Cantabria. Tanto comunidades autónomas como ayuntamientos han llamado a los ciudadanos para que elijan a sus representantes para la próxima legislatura.

Sobre este campo, hay varios detalles que se deben tener en cuenta y que no deben ser pasados por alto. Uno de los casos más relevantes es el de todas aquellas personas que se encuentran residiendo de forma permanente en el extranjero. Para poder saber si tienen derecho al voto, deben comprobar la lista CERA, que hace referencia directa a su situación.

Los residentes en el extranjero deben comprobar el CERA para poder votar

La gran incógnita que se debe resolver en torno a todos aquellos ciudadanos que se encuentran en el extranjero en la fecha en la que se celebran las elecciones. De acuerdo con el Ministerio de Asuntos Exteriores, hay que tener en cuenta que las personas que se encuentren temporalmente fuera de nuestras fronteras deben revisar otra lista electoral, la que lleva el nombre de ERTA.

En el caso de las primeras, se debe tener en cuenta que, si se reside de forma permanente en el extranjero, se debe consultar la lista CERA para poder comprobar que se puede ejercer el derecho al voto en cualquier comicio de España, y, más concretamente, en los que se celebran el 28 de mayo en territorios como Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla La-Mancha, Comunidad Valenciana o la Comunidad de Madrid.

Los inscritos en la lista CERA no pueden participar en las elecciones municipales

Por otra parte, y de acuerdo con lo que señala el Ministerio de Asuntos Exteriores, todas aquellas personas que forman parte de la lista de españoles y residentes en el extranjero no pueden participar en los comicios municipales. A pesar de estar inscritos en el censo electoral, no pueden ejercer su derecho al voto en este evento, aunque sí en las autonómicas, por lo que pueden elegir a sus representantes en las diferentes Asambleas de las comunidades autónomas, y, por lo tanto, al presidente de dichas regiones.

Las formas de consultar el CERA, otro punto a tener en cuenta

Tras explicar quiénes pueden y deben comprobar el CERA para poder votar en las elecciones del próximo 28 de mayo, se debe detallar otro punto interesante y que se debe tener en cuenta: las formas de poder hacerlo. Este aspecto está también contemplado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, que, a través de su portal oficial, ofrece hasta tres vías para que los ciudadanos puedan observar si pueden participar en la fiesta de la democracia.

De acuerdo con el organismo estatal, los ciudadanos españoles residentes en el extranjero que pueden comprobar la lista CERA, y, por lo tanto, ver si pueden votar en las elecciones que se lleven a cabo en España lo pueden realizar de las siguientes formas:

  • De forma presencial: En este caso, no hay que solicitar cita previa, y se debe acudir a los locales del Consulado, en Estrasburgo, en el número 13 de Quai Kléber. El horario para poder llevarlo a cabo es de lunes a viernes desde las 09:00 hasta las 13:00 horas, y el sábado y domingo 15 y 16 de abril, desde las 10:00 hasta las 12:00 horas.
  • Usando medios informáticos: Tras la identificación de aquellas personas interesadas, se puede hacer a través de la dirección de correo cog.estrasburgo@maec.es. A este lugar, hay que enviar una copia del DNI o pasaporte.
  • A través de la forma telemática: En este caso, no es necesario pasar por la Oficina Consular, se debe acceder mediante la dirección de ‘email’ https://sede.ine.gob.es/ce-internet1/?lang=es_ES , y, en este caso, hay que identificarse mediante el sistema Cl@ve.