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ELECCIONES GENERALES 23J

¿Es obligatorio presentar el DNI al entregar el voto por correo el 23J?

El voto por correo es uno de los detalles más relevantes que se deben tener en cuenta acerca de las elecciones. Detallamos si se debe o no presentar el DNI.

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¿Es obligatorio presentar el DNI al entregar el voto por correo el 23J?
Jesús Hellín Europa Press

Las elecciones están cada vez más cerca. Este 23 de julio, los colegios y locales electorales de diversos territorios abrirán sus puertas para que millones de personas puedan ejercer su derecho en la conocida como fiesta de la democracia. Uno de los elementos más populares y reconocidos de los últimos tiempos es el voto por correo, en el que los ciudadanos pueden enviar por Correos su elección o elecciones en estos nuevos comicios.

Eso sí, hay que tener en cuenta que este aspecto tiene detalles de lo más variados, y más importante, cuestiones que deben ser formuladas. En este caso, y más tras el escándalo por la presunta compra de votos en Melilla, muchos se preguntan si el DNI debe ser presentado para poder votar por correo. Detallamos lo que se debe saber al respecto.

¿Se requiere presentar el DNI para entregar el voto por correo?

Sí, hay que presentarlo. Tal y como apunta la normativa, de forma general, el Documento Nacional de Identidad (DNI) debe ser presentado cuando se entrega la solicitud para poder votar por correo. Tal y como indica el artículo 72 de la sección décima de la ley 5/1985, del 19 de junio, el funcionario de Correos será el encargado de exigir al ciudadano este trámite.

No obstante, y para evitar el caso de Melilla, en donde las solicitudes del voto por correo se dispararon hasta casi el 20% del censo y hubo denuncias de sustracción de documentación electoral, se aconsejó a la JEC exigir el DNI para emitir el voto por correo. Tras ello, la JEC aprobó en junio una instrucción que obligaba a que los electores que opten por votar por correo el 23 de julio deberán identificarse con el DNI o documento análogo en el momento de depositar el voto, no sólo cuando se solicita.

De esta manera, la medida que fue aplicada en Melilla el 28 de mayo será de obligado cumplimiento el 23 de julio en toda España.