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POLÍTICA

El Senado aprobará la inclusión de policías y guardias civiles como profesionales de riesgo

La propuesta deberá ser refrendada en el Congreso. De confirmarse su inclusión en los regímenes especiales, se sumarían a los cuerpos de policía municipal y autonómica.

Actualizado a
El Senado aprobará la inclusión de policías y guardias civiles como profesionales de riesgo
Diego RadamésEuropa Press

La edad de jubilación establecida para los agentes de la Policía Nacional y de la Guardia Civil es de 65 años, según estipulan la Ley Orgánica 9/2015 para los primeros, y la Ley Orgánica 29/2014 para los segundos. Sin embargo, su situación particular podría cambiar próximamente.

En el Senado, el PP registró una proposición no de ley para mejorar la jubilación de estos profesionales, mediante la consideración de su profesión como “de riesgo”. Una propuesta que también incluirá a los agentes de Vigilancia Aduanera. Por el momento, el Ministerio de Trabajo, responsable de la confección de la lista, incluye solamente a los cuerpos de Policía Municipal, así como a los autonómicos (Ertzainzta, Mossos d’Esquadra y Policía Foral de Navarra).

Sin embargo, para que esa ley prospere, deberá ser convalidada en el Congreso de los Diputados y, posteriormente, publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Además de esos Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, también están incluidos los trabajadores incluidos en el Estatuto Minero, personal de vuelo de trabajos aéreos, trabajadores ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos.

Comparación con policías autonómicos

Los profesionales consideradas de “riesgo” pueden acceder a la jubilación a partir de los 59 años y percibir la totalidad de su pensión. Actualmente, los agentes de Policía Nacional y Guardia Civil deben esperar a los 65 años para que no vean mermada su pensión de jubilación.

Por ejemplo, un agente autonómico, si decide jubilarse de forma anticipada, puede cobrar 500 euros al mes más que un policía nacional o un agente de la Benemérita que opte por jubilarse a la misma edad. Una brecha que aumenta hasta los 900 euros después de la jubilación. Es decir, al año, podrían cobrar 12.625 euros menos al año que un policía autonómico. Según La Razón, comparado con un policía autonómico, un policía nacional jubilado habría perdido hasta 70.000 euros respecto a un autonómico en solo seis años.

Jubilación de municipales y autonómicos

En el caso de los agentes de la Ertzaintza, por ejemplo, en ningún caso la edad podrá ser inferior a los 60 años o a la de 59 años, siempre y cuando se acrediten 35 años o más de actividad efectiva y cotización en el cuerpo. Los Mossos cuentan con una legislación similar en este sentido.

A los agentes del cuerpo navarro, se aplicará el coeficiente reductor del 0,20 a los años trabajados como policía foral de Navarra para reducir la edad de acceso a la pensión de jubilación, que en ningún caso podrá ser inferior a los 60 años, o a los 59 años cuando se acrediten 35 años o más cotizados. A los policías locales, la edad de jubilación se reducirá en un período equivalente al que resulte de aplicar el coeficiente reductor del 0,20 a los años trabajados

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