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El Gobierno impedirá discriminar a antiguos pacientes de cáncer al firmar contratos

Pedro Sánchez anuncia que el Ejecutivo impulsará la modificación de una ley para que estas personas no tengan peores condiciones en contratos de seguros e hipotecarios.

El Gobierno impedirá discriminar a antiguos pacientes de cáncer al firmar contratos

Nuevo anuncio de Pedro Sánchez. El presidente del Gobierno ha anunciado este sábado en Sevilla que el Gobierno va a impulsar la modificación de un real decreto ley para impedir la discriminación de antiguos pacientes de cáncer, que sufren peores condiciones en los contratos de seguros e hipotecarios y garantizar así el “derecho al olvido oncológico”.

Ya de vuelta del viaje a Estados Unidos donde se ha reunido en la Casa Blanca con su homólogo Joe Biden, Sánchez se ha reunido con representantes de entidades y asociaciones de lucha contra el cáncer antes de participar en un mitin de campaña del PSOE en la capital andaluza.

El líder socialista ha mostrado su compromiso de “implantar de inmediato este nuevo derecho”, en el que se cambiará el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por que se aprobó el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y de la Ley del Contrato del Seguro.

Según ha detallado Sánchez, el Ejecutivo pretende declarar nulas todas las cláusulas basadas en los antecedentes oncológicos “que excluyan o que discriminen a la hora de contratar productos o servicios” y por tanto que el hecho de haber padecido cáncer suponga una rémora y una discriminación en los contratos de seguros.

¿Quiénes se verán beneficiados?

Por último, el Consejo de Ministros también prevé que el expaciente de cáncer tenga derecho a no declarar que ha tenido cáncer cuando vaya a contratar un seguro vinculado a un préstamo hipotecario.

Estos nuevos derechos, según informa EFE, citando a fuentes de Moncloa, beneficiarán a todas las personas que hayan finalizado un tratamiento oncológico cinco años antes de la fecha de suscripción del contrato, sin recaída posterior.