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¿De cuánto es la multa por violar la Veda Electoral de las Elecciones Legislativas 2025 en Argentina?

La medida rige desde 48 horas antes a las votaciones, en la que quedan prohibidas actividades de proselitismo o difusión de propaganda política.

¿De cuánto es la multa por violar la Veda Electoral de las Elecciones Legislativas 2025 en Argentina?
Víctor Maldonado
Periodista en las secciones de Fútbol y Más Deporte. Referente a la última, tiene un especial fanatismo por el tenis. Entró a Diario AS en 2019 a realizar su práctica profesional. Dos años más tarde se integró de manera estable a la redacción del sitio. Es titulado de Periodismo con Mención en Comunicación Digital por la Universidad Finis Terrae.
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Este domingo 27 de octubre serán las Elecciones Legislativas en Argentina, las que tienen como objetivo renovar 127 de las 257​ bancas de la Cámara de Diputados para el periodo legislativo 2025-2029, junto con 24 de las 72 bancas del Senado de la Nación para el período 2025-2031.

En el país trasandino rige desde 48 horas antes de las votaciones, una veda electoral, durante la cual quedan prohibidas actividades de proselitismo o difusión de propaganda política en medios gráficos, radiales, televisivos o digitales.

¿Qué consecuencias tiene romper la veda?

Infringir esta veda tiene consecuencias legales. El articulo 136 del Código Nacional Electoral impone penas de 15 días a 6 meses de prisión para quienes vendan bebidas alcohólicas entre las 12 horas antes del comicio hasta las tres horas posteriores al cierre.

Además, los organizadores de espectáculos públicos que actúen en ese lapso también pueden recibir la misma sanción.

Para hechos más graves, como inducir el voto con engaños, vulnerar el secreto del sufragio o impedir el derecho al voto mediante violencia o intimidación, las penas son aún mayores: entre 2 y 3 años de prisión, según el artículo correspondiente.

¿De cuánto es la multa?

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Las multas para quienes infrinjan la normativa oscilan entre 10.000 y 100.000 pesos para personas físicas o jurídicas que difundan propaganda fuera de los plazos permitidos.

No obstante, cuando el infractor es un partido político hay sanciones adicionales: pueden perder el derecho a recibir aportes públicos o financiamiento estatal entre uno y cuatro años, incluso perder acceso a fondos de campaña durante una o dos elecciones

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