Campaña Renta 2025-26

La deducción en la declaración de la Renta por la que Hacienda te devuelve 1.200 euros

Las familias con uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes, podrán deducirse esta cantidad siempre que cumplan estos requisitos.

Contribuyentes en la sede de la Delegación especial de la Agencia Tributaria en Sevilla. A 8 de abril de 2026 en Sevilla (Andalucía, España). Este miércoles, 8 de abril, comienza la campaña de la declaración de la renta y Andalucía presenta nuevas deducciones, como las relacionadas por gastos de gimnasio, celiaquía o atención veterinaria, entre otras.
08 ABRIL 2026
Francisco J. Olmo / Europa Press
08/04/2026
Francisco J. Olmo
Actualizado a

Los contribuyentes españoles están inmersos en la Campaña de la Renta 2025-26 en la que deberán declarar a la Agencia Tributaria sus ingresos de 2025 si superan los 15.876 euros con dos o más pagadores, y los 22.000 euros con un único pagador.

Son múltiples las deducciones, tanto estatales como autonómicas, a las que podrán acceder. Entre ellas, cabe destacar una cuya cuantía asciende a 1.200 euros. Esta beneficiará a aquellas unidades familiares con uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes. De este modo, estas quedarán equipadas al resto de las familias numerosas de categoría general, para las que se aplica también esta deducción.

La condición impuesta a los contribuyentes por Hacienda para acceder a esta deducción, no es otra que, si se trata de una tributación individual, la base imponible no supere los 35.000 euros, y en caso de que sea conjunta, no sea superior a 45.000 euros. La deducción para familias numerosas de categoría especial, es decir, aquella que cuenta con cinco o más hijos, o cuatro o más cuando al menos tres procedan de un parto, adopción o acogimiento múltiple, será de 2.000 euros.

A estos requisitos de límite de base imponible, hay que añadir otros, como cumplir con las condiciones necesarias para la consideración de familia numerosa y su clasificación por categorías, fijada en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre. También debe tenerse en cuenta que la deducción se aplicará únicamente en los supuestos de convivencia del contribuyente con el resto de la unidad familiar.

Incompatible con deducción por ascendiente con dos hijos separado o sin vínculo matrimonial

Si existiera más de un contribuyente con derecho a aplicar la deducción y realizasen la declaración individual, esta se prorratearía a partes iguales, salvo que cedan el derecho a una de ellas, que será la que perciba íntegramente el importe de la deducción. La deducción es incompatible con la deducción por ascendiente con dos hijos separado o sin vínculo matrimonial.

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Esta última se aplica tanto si la cuota diferencial es positiva (a pagar) como si es negativa (a devolver) como si es cero. Puedes aplicar esta deducción si eres un ascendiente separado legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos, siempre que los hijos no tengan derecho a percibir anualidades por alimentos, y tengas derecho a la totalidad del mínimo por descendiente.

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