NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

DECLARACION RENTA 23-24

¿Hay que declarar el Bono Social Eléctrico y Térmico en la Renta 23-24 y cómo afectan al IRPF?

Cualquier prestación económica que se reciba hay que declararla, como es el caso del bono social térmico. En el caso del eléctrico ya lleva el descuento en el servicio.

Consumo luz
Eduardo Parra / Europa PressEuropa Press

Cualquier prestación económica que se reciba se debe declarar, como es el caso del bono social térmico. En el caso del bono social eléctrico los beneficiarios no tienen que declarar nada especial en su IRPF, porque el descuento se hace sobre el propio servicio.

Respecto al bono social térmico, la ayuda del Estado consiste en recibir una cantidad de dinero en la cuenta corriente del beneficiario de la misma, por lo que esta ayuda sí hay que declararla en Renta cuya campaña está a punto de comenzar.

Cómo declararlo en la Renta

De este modo, el bono social eléctrico se debe incluir la ayuda en la declaración de la renta como una ganancia patrimonial en la base imponible general. Hacienda suele tener ya la información y tendrás que confirmar que quieres que se incluya en la declaración del IRPF.

La inclusión del bono no supondrá un aumento en la tributación en IRPF, dado lo reducido de su importe y el hecho de que la mayoría de las personas beneficiarias tienen unos ingresos limitados.

El bono social térmico lo abona cada año los Presupuestos Generales del Estado. La ayuda se facilita independientemente del sistema de calefacción que tenga el usuario (gas, gasóleo, butano…) para cubrir una pequeña parte de las necesidades de agua caliente y calefacción.