Economía

¿Tienen que pagar los locales comerciales la nueva tasa de basuras en Madrid? La nueva cuantía que abonarán desde septiembre

Entra en vigor la nueva tasa de gestión de residuos (TGR), que será de unos 140 euros anuales por hogar.

¿Tienen que pagar los locales comerciales la nueva tasa de basuras en Madrid? La nueva cuantía que abonarán desde septiembre
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Mario Espinosa de los Monteros
De El Ejido (Almería), estudió periodismo en Málaga y trabajó en Cope y La Opinión de Málaga. En Madrid hizo un máster en periodismo internacional. Inquieto por naturaleza, le interesa la geopolítica, la exploración, la aventura y el conflicto de Israel y Palestina. Hizo los cursos de periodismo de viajes de El País y de televisión de Atresmedia.
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El pasado 1 de septiembre de 2025 entró en vigor la nueva tasa de gestión de residuos (TGR) en la Comunidad de Madrid. A partir de ahora, todos los municipios de la región que tengan más de 5.000 habitantes tienen que aplicarla. Ahora, los Ayuntamientos deben determinar una tasa pública no tributaria que cubra la recogida, transporte y tratamiento de los residuos.

Desde el 1 de septiembre el Ayuntamiento ha comenzado a enviar recibos con el importe a abonar en un plazo máximo de dos meses. Este año, los contribuyentes de la Comunidad de Madrid deberán pagar el recibo en una sola cuota, pero a partir de 2026, podrán fraccionarlo.

La tasa la pagarán todos los propietarios y usuarios de inmuebles, tanto viviendas como locales comerciales e industriales, es decir, nadie está eximido.

La cuantía de la tasa depende del municipio y barrio de residencia, y se calcula mediante una fórmula: la suma de la tarifa básica y de la tarifa por generación. Esta última, la de generación, es el resultado de multiplicar la Tarifa por Generación de residuos por el Coeficiente de Calidad en Separación de residuos.

La Agencia Tributaria expone el siguiente ejemplo en su web. Imaginemos que tenemos un inmueble de uso comercial en el distrito Centro de Madrid, con un valor catastral de 200.000 euros. La tarifa básica para ese tramo catastral es de 252,01 euros. La de generación, de 43,93, y las toneladas del uso comercial de esta zona son 3,31975. “El distrito Centro tiene una calidad de reciclado del 14%, por lo que está en el tramo del 10,01% al 20%, por lo tanto hay que multiplicar por el coeficiente de 1,7″, explica el Ayuntamiento de Madrid-

El Consistorio, sin embargo, explicó que la cuantía media de esta nueva tasa sería de 140 euros anuales por hogar y 310 por local comercial. “El importe total de la cuota no podrá superar, en ningún caso, los 20.000 euros, cuando se trate de inmuebles con uso catastral, religioso y beneficencia, y los 30.000 euros para los inmuebles incluidos en cualquiera de los otros usos no residenciales”, explica la Agencia Tributaria.

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En el caso de viviendas de alquiler, las personas físicas y jurídicas son sujetos pasivos contribuyentes de la tasa. Por lo tanto, según el Ayuntamiento, “con carácter general la persona obligada al pago es la propietaria del inmueble”.

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