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PENSIONES

¿Se pueden incluir los ‘extra’ de maternidad y brecha de género a la vez para aumentar la pensión de jubilación?

Ambos son incompatibles en el caso de que corresponda el reconocimiento de una pensión de la Seguridad Social. El beneficiario puede elegir entre uno y otro.

Pensioners compare their walking sticks in a street in Ronda, Spain, January 30, 2024. REUTERS/Jon Nazca
JON NAZCAREUTERS

Las pensiones contributivas en España subirán un 3,8%, tras conocerse el dato de la inflación interanual del mes de noviembre (3,2%), mientras que las pensiones no contributivas de la Seguridad Social y el Ingreso Mínimo Vital aumentarán un 6,9%.

Entre los diferentes complementos que pueden percibirse junto con la pensión de jubilación, se encuentra el complemento para la reducción de la brecha de género. Este sustituyó al complemento por maternidad por aportación demográfica, vigente entre 2016 y 2021. Con este nuevo concepto, el objetivo es reparar el perjuicio que han sufrido a lo largo de su carrera profesional las mujeres por asumir un papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos.

A todas las pensiones causadas a partir del 4 de febrero de 2021, ya se les aplica este complemento para la reducción de la brecha de género, aplicado respecto de los hombres con carácter retroactivo, siendo la fecha de efectos desde que se produce el hecho causante. Mientras, a todas esas pensiones que contaban con el anterior complemento de maternidad, mantienen su derecho a percibirlo.

Incompatibilidad entre ambos

Sin embargo, la pregunta que se hacen muchos pensionistas afectados por esta novedad es si podrán incluir ambos ‘extras’ en su pensión de jubilación a la vez. La respuesta es no. La Ley General de la Seguridad Social, en su disposición transitoria trigésimo tercera, recoge que la percepción del complemento de maternidad será incompatible con el complemento para la reducción de la brecha de género que pudiera corresponder por el reconocimiento de una nueva pensión pública.

A su vez, dicha disposición transitoria sí espeficó que los pensionistas podrán optar entre un complemento y otro. “En el supuesto de que el otro progenitor, de alguno de los hijos o hijas, que dio derecho al complemento de maternidad por aportación demográfica, solicite el complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género y le corresponda percibirlo (...) la cuantía mensual que le sea reconocida se deducirá del complemento por maternidad que se viniera percibiendo, con efectos económicos desde el primer día del mes siguiente al de la resolución”.

Cuánto me queda de pensión si tengo 15 años cotizados

Por tanto, las personas con 15 años cotizados solo podrán jubilarse en 2024 a partir de los 66 años y seis meses. Tampoco podrán acogerse a ninguna modalidad de jubilación anticipada, un aspecto que muchas personas desconocen en la actualidad. Con todo ello, las personas con 15 años cotizados, el mínimo que exige la ley para acceder a una pensión, tendrán el 50% de su base reguladora.

En España tenemos dos edades de jubilación. Esto se debe a la reforma de las pensiones de 2011 (la Ley 27/2011, de 1 de agosto), ideada en plena crisis financiera y cuyo objetivo es retrasar la edad de jubilación y sostener el gasto del Estado en una partida que no ha dejado de crecer.