¿Qué son los subsidios parciales y cómo cambian con la nueva reforma de Yolanda Díaz?
Esos subsidios desaparecerán y todos los beneficiarios percibirán la cuantía completa de la ayuda como si hubiesen trabajado a jornada completa. Seguirá supeditada al IPREM.
Gobierno y sindicatos firmaron un acuerdo para reformar el subsidio por desempleo. El texto firmado por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, con los agentes sociales, y que no cuenta con el apoyo de la patronal, aún debe ser aprobado en Consejo de Ministros.
Un borrador que recoge varias novedades. Este contempla un incremento de 90 euros para la mayoría de cuantías, es decir, muchas pasarán de los 480 euros actuales, a los 570 euros. Otra de las grandes novedades pasa por la posibilidad de compatibilizar del subsidio y/o prestación contributiva con el trabajo, así como mantener en un 125% la base de cotización de los beneficiarios mayores de 52 años.
Supresión de los subsidios parciales
La reforma elimina los subsidios parciales para quienes hubieran trabajado a tiempo parcial, pudiéndolo cobrar de forma íntegra. También permitirá el acceso al subsidio por desempleo a aquellos empleados con un periodo inferior de cotización a 12 meses, es decir, el necesario para percibir una prestación.
Estas personas, cuando estaban desempleadas, cobraban el subsidio por desempleo de forma parcial, y no en su totalidad, es decir, solo tenían acceso al cobro de la mitad de la ayuda (240 euros de los 480 euros en total) dada la temporalidad de su contrato. Ahora, estos empleados, podrán acceder a la totalidad de la cuantía de la ayuda con la nueva reforma, del mismo modo que el resto de beneficiarios, independientemente del tipo de jornada laboral que tuvieran.
Con este cambio, se ven beneficiados los jóvenes, grupo de población que presentó en los últimos años un mayor porcentaje de temporalidad. Según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) correspondientes al cuarto trimestre de 2023 publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), la temporalidad se redujo en España hasta el 16,49%.
Aumento de cuantías
Con la reforma, las cuantías aumentarán un 95% del IPREM durante los seis primeros meses de la prestación, es decir, serán de 570 euros en ese primer periodo. Durante los seis meses siguientes, lo harán al 90%, el equivalente a 540 euros mensuales. Durante el periodo restante de la prestación, se mantendrá en el 80%. En todos los casos, el IPREM será el indicador de referencia, pese a que los sindicatos insisten en sustituirlo por el umbral de riesgo de pobreza.
Para compaginar el cobro de prestación y del empleo, se podrá efectuar siempre y cuando el sueldo bruto mensual no supere el máximo del 225% del IPREM. El IPREM se sitúa en los 600 euros en 14 pagas, por lo que el sueldo bruto mensual máximo sería de 1.350 euros para poder acceder a la dualidad. También se pide haber agotado los 12 primeros meses de su prestación por desempleo, y el máximo tiempo que se podrá compaginar es de 180 días (tres meses).
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