¿Por qué en algunas comunidades se paga más IRPF y en otras se tributa menos en la Renta?
El tipo autonómico lo fijan las propias comunidades, en función de la legislación. Hay diferencias tanto en los porcentajes como en los tramos.
La Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal del año pasado está a la vuelta de la esquina. Este 3 de abril se abre el plazo para ponerse al corriente con Hacienda. En dicho momento se podrá presentar la declaración del IRPF, de momento, únicamente de forma online.
Diferencia de IRPF según comunidades
A la hora de calcular los diferentes tramos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), hay que tener en cuenta que este se divide en dos tipos: el estatal, que va a parar al Gobierno, y el autonómico, que va a las comunidades autónomas. Como resultado de ambos obtenemos el tipo total, que es lo que se acaba pagando de IRPF. Son, en total, seis tramos con un IPRF ascendente a medida que se incrementa la renta.
Si bien el tipo estatal se mantiene estable en todas las comunidades autónomas de España, el autonómico varía en función de cada territorio. Así, por ejemplo, podemos encontrar un 8% en Extremadura para el primer tramo (hasta 12.450 euros) y un 12% en Cataluña para su tramo inicial (hasta 17.707 euros). Son solo dos ejemplos, en los que cambian tanto el porcentaje como la cantidad que marca el final de un tramo.
¿Por qué ocurre esto? Es algo que aplican las propias comunidades, que imponen sus propios márgenes según la legislación vigente. “El cálculo de la cuota líquida autonómica se efectuará de acuerdo con lo establecido en esta Ley y, en su caso, en la normativa dictada por la respectiva Comunidad Autónoma.
En el caso de que las Comunidades Autónomas no hayan asumido o ejercido las competencias normativas sobre este impuesto, la cuota líquida se exigirá de acuerdo con el mínimo personal y familiar y las deducciones establecidos por el Estado”, explica el artículo 3 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre. Además, Navarra y País Vasco tienen sus propias reglas fiscales para el IRPF.
Tipos mínimos y máximos en cada comunidad
Comunidad | Tipo mínimo | Tipo máximo |
---|---|---|
Andalucía | 9,50% | 22,50% |
Aragón | 9,50% | 25,50% |
Asturias | 10% | 25,50% |
Baleares | 9,50% | 25% |
Canarias | 9% | 26% |
Cantabria | 9,50% | 25,50% |
Castilla La-Mancha | 9,50% | 22,50% |
Castilla y León | 9,50% | 21,50% |
Cataluña | 12% | 25,50% |
Comunidad Valenciana | 10% | 29,50% |
Extremadura | 8% | 25% |
Galicia | 9% | 22,50% |
La Rioja | 9% | 27% |
Madrid | 8,5% | 20,5% |
Murcia | 9,50% | 22,50% |