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CAMPAÑA RENTA 2023-24

¿Me puedo desgravar la guardería de mis hijos en la Renta 23-24 y en qué casilla se deduce?

La deducción por hijo en guardería para madres trabajadores puede ser de hasta 2.200 euros al año por hijo por gastos en centros de educación infantil autorizados.

¿Me puedo desgravar la guardería de mis hijos en la Renta 23-24 y en qué casilla se deduce?

Las madres que cumplan los requisitos para el ejercicio 2023 podrán incluir la deducción en la cuota diferencial de su IRPF cuando hagan la declaración de la Renta 2023-24 que se presenta entre los meses de abril y junio.

Las madres con derecho a aplicar la deducción por maternidad (o cobrarla de forma anticipada) pueden aplicar también una deducción por guardería de hasta 1.000 euros que se sumará a los 1.200 euros de la deducción por maternidad, en la declaración de la Renta. La deducción se aplica al hacer la declaración. Es el conocido como ‘cheque guardería’.

Dicha cantidad no se puede cobrar por adelantado porque es necesario que el centro de educación infantil pase los datos al Estado una vez finalizado el ejercicio anual. Dichos gastos deben haberse hecho en meses completos.

Requisitos para la reducción por guardería

Tener acceso a la deducción por maternidad.

Tener gastos de custodia por hijo o hijos matriculados en una guardería o centro de educación infantil autorizado, siempre que se hayan producido por meses completos y no tuvieran la consideración de rendimientos del trabajo en especie.

La deducción se puede aplicar hasta el curso en el que el niño cumple los tres años.

La documentación a presentar será por parte de las guarderías o centros infantiles quienes harán una declaración informativa sobre los menores y los gastos que den derecho a la aplicación de la deducción. Los centros deben presentar este modelo (Modelo 233) en el mes de enero de cada año.

Deducción de los gastos de guardería en la declaración de la renta

Cada comunidad autónoma tiene unos máximos para recibir la bonificación y unas casillas específicas:

  • En Aragón se aplica en la casilla 881.
  • En Baleares se aplica en la casilla 914.
  • En Canarias se aplica en la casilla 924.
  • En Cantabria es en las casillas 772 y 820.
  • En Castilla-La Mancha es en la casilla 211.
  • En Castilla y León es en la casilla 994 y 990.
  • En Extremadura, es en la casilla 1017.
  • En Galicia en la 1021 y 1023.
  • En Madrid, en la 1039 y 1050.
  • En Murcia, en la 1054 y 1158.
  • En La Rioja, 1075, 1163 y 1169.
  • En la Comunidad Valenciana en la 1087, 1088 y 1104.