Economía

Malas noticias para los propietarios en 2026: los inquilinos podrán negarse a la subida del alquiler si el casero no avisa a tiempo

Para que una subida en el precio del alquiler sea válida debe notificarse debidamente al inquilino y respetar la normativa de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Un cartel que anuncia que se alquila una vivienda, a 16 de septiembre de 2025, en Madrid (España). El precio del alquiler subió un 8% en agosto en Madrid con respecto al mismo mes del año anterior y se sitúa en 21,64 euros por metro cuadrado, según los datos del Índice Inmobiliario del portal Fotocasa.
16 SEPTIEMBRE 2025;PIXELADA
Ricardo Rubio / Europa Press
16/09/2025
Ricardo Rubio
Raúl Izquierdo
Nació en Villanueva de Alcardete en 1990. De La Mancha al Diario AS. Graduado en Periodismo y Comunicación Audiovisual, siempre tuvo claro que lo suyo eran las letras. Antes de formar parte de AS pasó por Marca Plus, Grupo V y Marca. En 2019 llega a AS y, tras pasar por la web, la pandemia le coloca en Actualidad. La fotografía, su otra afición.
Actualizado a

Cuando un contrato de alquiler llega a su fin, si las dos partes del mismo están dispuestos a seguir con la relación, llega el momento de sentarse a negociar. Una situación en la que se encuentran 1,6 millones de españoles, pues alrededor de 632.000 contratos de alquiler tienen 2026 como fecha de vencimiento.

Llega, pues, el momento de negociar para ampliar la vigencia del contrato. Sin embargo, con la subida de los precios durante los últimos meses, esta situación se puede extender a la cifra a pactar para el alquiler. Una subida que se estima, de media, en unos 1.735 euros al año. Pero que puede ser de hasta 4.615 euros en regiones más tensionadas como Baleares, según datos del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

Los residentes más expuestos a estas subidas en el precio del alquiler son los de Madrid, Cataluña, Andalucía y Comunidad Valencia, pues son estas las regiones que tiene una mayor cantidad de contratos a punto de expirar. Pero, no obstante, hay una forma para ‘librarse’ de la subida, tal y como establece la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Y es que los propietarios no pueden modificar el precio del alquiler de forma unilateral, ya que es algo que se rige por su normativa correspondiente. El incremento, sea el que sea, debe respetar lo estipulado en el contrato inicial y, además, ser debidamente notificado. Si no fuera así, una subida sin previo aviso o sin el apoyo de la normativa puede carecer de validez.

Aviso con antelación

La normativa, en este sentido, es clara: arrendador está obligado a informar de cualquier subida al inquilino con, al menos, 30 días de antelación respecto dicho incremento. En caso contrario, el inquilino puede rechazar la subida y pagar la misma mensualidad hasta que se llegue a un acuerdo válido entre las partes.

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Una de las causas más comunes por las que se puede incrementar el precio del alquiler es la actualización de la renta, siempre y cuando figure en los términos del contrato. Para aquellos firmados antes del 26 de mayo de 2023, dicha subida se rige por el IPC, mientras que para los posteriores se emplea el Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda.

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