Malas noticias para estos contribuyentes en España: Hacienda les obligará a tributar por su vivienda habitual
Las personas extranjeras que se acogen a la ‘Ley Beckham’ deberán seguir pagando al fisco por su vivienda habitual.

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), dependiente del Ministerio de Hacienda, obligará a los contribuyentes extranjeros que viven en España a pagar todos los años el 2% del valor catastral del inmueble en el que viven, o bien el 1,1% si el valor ha sido revisado en los últimos ejercicios.
La conocida ‘Ley Beckham’ es un régimen especial para personas que se mudan a España por trabajo, que les permite tributar como si no fueran residentes fiscales durante unos años y, al mismo tiempo, evitar declarar sus bienes o ingresos en el extranjero. Los tipos establecidos van del 24% (hasta 600.000 euros) al 47% (para cantidades superiores a 600.000 euros).
La vivienda habitual de residentes españoles no se tributa, pues vivir en ella no genera ingresos. Pero el impuesto para no residentes (IRNR) sí que exige tributar anualmente por propiedades en España que no estén vinculadas a actividades económicas.
El TSJM (Tribunal Superior de Justicia de Madrid) falló en 2024 que quienes estén acogidos a la Ley Beckham sí pueden estar exentos de tributar por su vivienda habitual, aplicando la lógica del IRPF, ya que su residencia fiscal está en España.
Noticias relacionadas
Pero el TEAC (Tribunal Económico-Administrativo Central) discrepa: sostiene que la ley del IRNR es clara y no incluye esta exención para la vivienda habitual. Por tanto, estos contribuyentes deben tributar únicamente por tener esa vivienda en España, aunque sea su residencia habitual.
¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic aquí






Rellene su nombre y apellidos para comentar