Los ocho tipos de cartas que te puede enviar Hacienda: esto es lo que no debes hacer si te llega una notificación
Cartas informativas, requerimientos o una solicitud de pago son algunos de los tipos más comunes a los que hay que responder en un plazo de diez días.
Las cartas que tiene como remitente Hacienda suelen ser motivo de angustia o cierto miedo cuando consultamos el correo en el buzón, pues en ocasiones son sinónimo de una sorpresa inesperada. En estos casos, es importante tomar el asunto con seriedad y saber cómo actuar.
La recepción de este tipo de notificaciones implica un posible incumplimiento en materia fiscal, por lo que es significativo responder con rapidez. Generalmente, se trata de una notificación que llega por correo postal y lo más común es que se solicite algún tipo de documento ante alguna incidencia.
Tipos de requerimientos:
No obstante, estos requerimientos serán distintos dependiendo de lo que se solicite, lo que implica que existan diferentes ‘cartas de Hacienda’, tal y como se explica a continuación:
Qué hacer en estos casos
En cualquier caso, no hay que evitar la recepción de esta carta de Hacienda, sino aceptarla cuanto antes y comenzar las medidas pertinentes. Una vez se conozca qué tipo de notificación es y a qué tipo de infracción se enfrenta. La respuesta a esta ha de hacerse en un plazo de diez días hábiles y se puede hacer de las siguientes formas:
Tras enviar la información requerida, Hacienda tiene un plazo de seis meses para contestar. Es un periodo de tiempo susceptiblemente superior al que dispone el contribuyente, al que le queda esperar hasta entonces.
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