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ECONOMÍA

Los jubilados que no cobrarán toda su paga extra de la pensión en verano

Para poder acceder al total de la extra de verano, debemos de haber estado recibiendo la ayuda desde el 1 de diciembre hasta el 31 de mayo.

Los jubilados que no cobrarán toda su paga extra de la pensión en verano

Ya se ve. Algo lejos, sí, pero se ve. El verano llega. Y con él, las sombrillas, las paellas, los guiris con el cuello quemado y la canción machacona de turno que tocará escuchar en bucle (quién sabe cuál tocará este año). A todo el mundo le gusta disfrutar de esta época. Por el buen tiempo, por el ambiente... es un poco todo. Algo tienen estos meses que la felicidad se dispara -por mantener un enfoque optimista, obviemos lo de tener que sobrevivir a ciento diecisiete grados a la sombra, con aceras que piden a gritos un huevo para freír-. Pero, sobre todo, los días de estivo son una oportunidad para hacer escapadas y disfrutar de un respiro.

Sobre esto último, los jubilados y pensionistas son, probablemente los que más saben. Es tan depurada su técnica para sacarle el jugo a cada excursión que uno no puede evitar pensar que no se aprende a viajar de verdad hasta que se está retirado. Los buses del IMSERSO son una flota que peina cada rincón de la península trayendo paladas de entusiasmo y charangas guatequeras de media tarde -con su Nino Bravo, su Raphael y su todo-. Muchos de estos nuevos jóvenes tratan, con pericia, de estirar al máximo su dotación económica para poder sacarle todo el jugo al itinerario.

La paga extra de verano es un buen empujón para poder tener unas vacaciones plenas con algo más de tranquilidad financiera. Para la mayoría de los receptores de pensiones, este ingreso económico es igual a un mes adicional. Es decir, se cobra el doble del monto periódico que llega a la cuenta corriente normalmente. No obstante, los recién llegados al sistema de pensiones pueden ver que su paga extra no es tan abultada.

Mínimo de antigüedad

Actualmente, para recibir la paga extra de verano es necesario tener en cuenta el tipo de pensión que estamos percibiendo y el momento en la que accedemos a la prestación. La Seguridad Social se basa en dos periodos de tiempo para establecer la duración de los meses necesarios para beneficiarse de esta paga extra.

Es decir, para poder acceder al total de la extra de verano, debemos de haber estado recibiendo la ayuda desde el 1 de diciembre hasta el 31 de mayo. Por otro lado, para recibir la extra de navidad, será desde el 1 de junio hasta el 30 de noviembre.

Por eso, para comprender el motivo por el que algunos pensionistas no cobrarán el total de la paga extra de verano correspondiente al mes de junio, hay que tener en cuenta cuando se solicitó. Por tanto, se abonará una sexta parte por cada uno de los meses comprendidos entre diciembre del año anterior y el mes en que se produzca la suspensión del percibo de la pensión o la causa de extinción de esta.

De esta forma, nuestros jubilados y pensionistas podrán disfrutar de un muy merecido descanso. Y las opciones son incontables. Los hay que preferirán viajes organizados, con sus visitas guiadas y sus bingos noctámbulos. Otros, quizás, se decantarán por algo más íntimo y se irán de escapada con los nietos -o por su cuenta, si lo que quieren es descansar de verdad-. En cualquier caso, seguro que por todos será bien recibido este suplemento.