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CAMPAÑA RENTA 2023-2024

Los españoles que recibirán una carta de Hacienda a partir del 1 de julio: estas son las posibles sanciones

Vuelven las llamadas “cartas del miedo” y con ellas, distintas sanciones: de hasta 200 euros y diferentes tipos de recargo.

Actualizado a
Los españoles que recibirán una carta de Hacienda a partir del 1 de julio: estas son las posibles sanciones
Agencia Tributaria

El periodo para presentar la declaración de la Renta termina este lunes 1 de julio. Muchos ciudadanos deciden enviar su borrador del IRPF alrededor de esta fecha, lo cual es ciertamente peligroso debido a que, a partir de esta fecha, Hacienda empezará a enviar las llamadas “cartas del miedo”.

Si recibes una de estas cartas, puede ser por diferentes motivos, desde no haber enviado el IRPF o, si en caso de haberlo hecho, se ha hecho con errores. Sea como sea, no es demasiado recomendable ignorarlas, pues hacerlo implica desde multas hasta procedimientos sancionadores.

Desde cartas informativas hasta requerimientos o propuestas de liquidación, la naturaleza que pueden tener las cartas que envía la Agencia Tributaria es un abanico muy amplio. Lo que está claro es que si quieres evitar recibirlas debes enviar la declaración a tiempo y de manera correcta.

A día de hoy, Hacienda afirma haber recibido tan solo la declaración de algo más de 15.240.000 de contribuyentes, lo que implica que, a cinco días de que termine el plazo, todavía faltan más de 8 millones de declaraciones por ser enviadas.

Multas por no haber presentado la Renta a tiempo

Si la declaración sale a pagar, hay dos casos distintos:

Primero, existe la posibilidad de que Hacienda no haya enviado ningún tipo de aviso o requerimiento. En estos casos, la multa que se debe pagar va creciendo de manera proporcional al tiempo que tardas en pagarla. Es decir, por cada mes que pase y no hayas hecho el pago (ya sea por desconocimiento o de manera intencionada), el interés crece un 1%. Es decir, que, si pagamos la multa en julio, lo habremos hecho con un interés del 1%, en agosto de un 2%, en septiembre de un 3% y así sucesivamente.

Esto sigue siendo así hasta que pasa el primer año. Cuando ya han pasado 12 meses, el recargo de la multa es ya del 15%, que habrá que abonar junto con unos intereses de demora.

El segundo caso es que la Agencia Tributaria sí te haya avisado, es decir, que hayamos recibido una de estas “cartas del miedo”. En este caso, habría que pagar entre el 50% y el 150% de la deuda. La cantidad que acabarías pagando puede incluso crecer si no es la primera vez que te retrasas o si Hacienda considera que, con tu tardanza, les has provocado un perjuicio económico. En caso de no presentar la Renta dentro del nuevo plazo otorgado por Hacienda, iniciarían un proceso sancionador.

Otro caso es que la Renta te salga a devolver o que te quede neutra, es decir, a 0 euros, y por error o por creer que no hace falta, no la presentas. En estos casos, la multa puede ser de entre 100 € a 200 €, según hayas recibido aviso por parte de la Agencia Tributaria o no.

Multas por no haber pagado la deuda de la Renta

Si has presentado tu declaración a tiempo, también existe la posibilidad de que te llegue una de estas cartas por parte de Hacienda. Esto podría pasar si, aun presentando la Renta, no has pagado la deuda.

Esto puede ocurrir por diferentes motivos: que los fondos de tu cuenta no sean suficientes, haberte equivocado al rellenar algún dato bancario, o directamente no haber querido pagar, claro está.

Si te ocurre esto, hay también dos posibilidades. Primero, haber recibido una carta de aviso, en cuyo caso el recargo estaría entre el 10% y el 20% de lo que no se ha pagado, o no haberlo recibido, por lo que este se quedaría en un 5%.

El periodo en el que podemos recibir las “cartas del miedo” sobre la declaración de la Renta de este año se extiende hasta 2028, y es que el periodo de la Agencia Tributaria para revisar los trámites fiscales por el IRPF puede alargarse hasta 4 años.

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