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ECONOMÍA

Los contribuyentes a los que la Agencia Tributaria revisará su Declaración de la Renta

Muchos de los beneficiarios de ayudas están recibiendo una notificación para devolver todo o en parte por no cumplir los requisitos.

Los contribuyentes a los que la Agencia Tributaria revisará su Declaración de la Renta

Tras los efectos de la pandemia en la actividad económica que se suspendió durante semanas y meses, desde Hacienda se ha detectado que 281.000 autónomos, habrían recibido ayudas por 505,5 millones de euros que no cumplían los requisitos exigidos o que no tenían su actividad económica suspendida.

La prestación que se pactó entonces de manera urgente iba destinada a 1,5 millones de trabajadores por cuenta propia y costó casi 4.000 millones de euros al Estado. Pero la normativa del Tribunal de Cuentas tuvo hasta siete modificaciones entre 2020 y 2023, por lo que revisar cada caso será una tarea compleja.

Desde la Agencia Tributaria quieren comprobar si las devoluciones solicitadas por los contribuyentes pueden ocultar prácticas fiscales abusivas, como una elevada deducción de gastos asociados a la actividad de los autónomos.

Desde los próximos días van a enviar solicitudes de revisión de la declaración de la Renta a cientos de ciudadanos que corresponden a los ejercicios 2020, 2021, 2022. Buscan encontrar quién solicitó ayudas económicas por cese de actividad tras la declaración del Estado de Alarma, que no puedan acreditar cumplir los requisitos exactos, por lo que los contribuyentes recibirán la llamada derivada fiscal.

Se tendrán que rehacer declaraciones de la renta y en algunos casos se tendrá que devolver el dinero que se recibió, ya que podría haberse hecho de manera inadecuada. Hacienda afirmó que la prestación por cese de actividad para trabajadores autónomos debía tributar como un rendimiento del trabajo y así debía estar reflejado en la declaración de la renta de los ejercicios durante los que la prestación estuvo vigente.

Desde asociaciones de abogados quieren destacar que los casos en los que la devolución afecte al ejercicio de 2020 solo tienen de plazo hasta julio del año 2025 para solicitar la rectificación, ya que prescribirá.

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