CAMPAÑA RENTA 2025-26

Estos son los autónomos que tienen que presentar la Renta 25-26 de manera obligatoria

Todas las personas que hayan estado dadas de alta el año anterior (2025) como autónomos tendrán que hacer obligatoriamente la Declaración de la Renta, independientemente de sus ingresos y del tiempo que dure su situación.

Dinero colombiano.
Colprensa
Actualizado a

La entrada en vigor del sistema de cuotas por ingresos reales no sólo ha modificado la cotización de los autónomos, sino también sus obligaciones con Hacienda. Desde la campaña de la Renta correspondiente a 2023, presentada en 2024, todas las personas que hayan estado dadas de alta en algún momento del año como autónomos tienen que presentar obligatoriamente la Declaración de la Renta, independientemente de sus ingresos.

Particularidades

La obligación de presentar la Declaración de la Renta está recogida en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esta norma es la que establece cada año qué contribuyentes están obligados y cuáles no a hacer la declaración de IRPF.

La nueva normativa que regula el sistema de cotización por ingresos reales modificó el artículo 96.2 de la Ley del IRPF y cambió la obligación de presentar la Declaración de la Renta para los autónomos. Desde entonces, todas las personas que hayan estado dadas de alta como trabajadores por cuenta propia durante el ejercicio fiscal deben presentar la declaración, independientemente de sus ingresos.

Procedimiento

En enero de 2023 entró en vigor el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad. Esta norma reformó el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y puso en marcha un nuevo sistema de cotización para el colectivo.

Desde entonces, los autónomos pagan mensualmente una cuota en función de los rendimientos netos previstos durante el ejercicio. Posteriormente, la Seguridad Social revisa los datos fiscales una vez que Hacienda dispone de la información definitiva.

En caso de haber cotizado más de lo ingresado, la Tesorería General de la Seguridad Social devuelve la diferencia. Si el autónomo ha cotizado por debajo de sus rendimientos reales, deberá abonar la cantidad pendiente correspondiente.

Cambios y previsiones

Sin embargo, esta normativa que cambia el sistema de cotización no sólo incluye cambios en las cuotas del colectivo. El Real Decreto-ley 13/2022 también modifica el artículo 96.2 de la Ley 35/2006 del IRPF, que regula quién está obligado a presentar la Declaración de la Renta.

Más concretamente, la disposición final primera del decreto que establece el nuevo sistema de cotización por ingresos reales añade que estarán obligados a declarar:

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“Todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar”.

Es decir, todos los autónomos están obligados a presentar la Declaración de la Renta, aunque hayan tenido ingresos bajos o incluso pérdidas, ampliando así la obligación de declarar a trabajadores por cuenta propia que anteriormente podían quedar exentos en determinados supuestos.

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