Le pagan 330 veces su salario por error, renuncia a su empleo al día siguiente y la Justicia dicta sentencia a favor del trabajador
En Chile, un trabajador recibió 172.000 euros en vez de los 522 correspondientes de su sueldo.

Nunca viene mal revisar la nómina, tanto si se es empleado como empleador. En Chile, un trabajador ingresó su sueldo, como es habitual, pero multiplicado por 330. En vez de los 500.000 pesos chilenos que debería haber percibido, la empresa le transfirió 165 millones. Es decir, en lugar de 522 euros recibió 172.000, nada más y nada menos. Acto seguido, el agraciado, dimitió. La compañía denunció y tras años de periplos, la justicia ha dictado sentencia a favor del empleado.
Los hechos transcurrieron en mayo de 2022, en la empresa agroalimentaria chilena Consorcio Industrial de Alimentos, que distribuye en varios países. El responsable de recursos humanos de la multinacional, entonces tras el error, se puso en contacto con el trabajador que ejercía como asistente de despacho para informarle de la equivocación.
Este, según la defensa de la compañía, prometió consiguientemente acudir al banco para devolver el exceso cobrado. Sin embargo, desapareció durante tres días y después entregó su carta de dimisión junto a su abogado.
Un juicio a la Corte con resultado absolutorio
El pasado 8 de septiembre se celebró el juicio ante la Corte de Apelaciones de Santiago, la cual se encarga en Chile de proceder estos recursos. En dicha celebración la empresa alegó que el extrabajador había incurrido en un delito de hurto hallazgo, y que su pena debía ser de 540 días de presidio y una multa de más de 346.000 pesos chilenos, es decir unos 304 euros.
Según recoge el medio Diario Financiero, la sentencia de la Sala concluyó que, aun siendo probables los hechos de no devolución, el imputado no causó hurto de hallazgo, sino un cobro de lo no debido. Por tanto, el procedimiento consiguiente debe pasar por el tribunal de lo civil, así que de esa forma, quedó absuelto.
“El Consorcio Industrial de Alimentos emprenderá todas las acciones legales posibles, en particular un recurso de nulidad, para que se revise la conclusión”, declaró la empresa al periódico chileno.
En España, esta situación comparada tiene un componente obligado en materia de devolución. Cuando un empleador paga de más a un trabajador en la nómina, se considera un pago indebido y la empresa tiene derecho a reclamar su devolución conforme al Código Civil y al Estatuto de los Trabajadores.
Noticias relacionadas
Lo habitual es resolverlo mediante acuerdo, ya sea con una transferencia directa o con descuentos en nóminas posteriores. Pero, si no lo hay, la empresa puede acudir a los tribunales para exigir el reintegro, y dispone de un plazo de un año para hacerlo. Aunque el trabajador haya recibido el exceso de buena fe, igualmente está obligado a devolverlo, si bien, eso sí, su salario mínimo queda completamente protegido a cualquier tipo de embargo para evitar así perjuicios desproporcionados.
¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic aquí






Rellene su nombre y apellidos para comentar