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CAMPAÑA RENTA 2023-24

La sanción de 100 euros que te puede poner Hacienda por rellenar mal este campo habitual en la Renta

Si el domicilio fiscal no permanece actualizado, la Agencia Tributaria puede imponer una sanción. Los escenarios para personas físicas y empresas son diferentes.

La sanción de 100 euros que te puede poner Hacienda por rellenar mal este campo habitual en la Renta

En plena campaña de la Renta y Patrimonio siempre surgen dudas fiscales correspondientes a los ejercicios económicos del año pasado. Aunque algunos puedan acarrear consecuencias en nuestras carteras, en la mayoría de ocasiones el contribuyente tiene la oportunidad de rectificar y enmendar su fallo. Aun así, la posibilidad de observar una carta en tu buzón que advierte de una futura sanción siempre despierta el miedo en el cuerpo.

Uno de los despistes más comunes se da, precisamente, por las cuatro paredes que pueden cobijar al individuo mientras está cumplimentando la declaración. Si el domicilio fiscal no permanece actualizado, la Agencia Tributaria puede imponer una multa de hasta 100 euros.

Qué es el domicilio fiscal y cuál es su importancia

Tal y como se detalla en la Ley General Tributaria, se entiende por domicilio fiscal el “lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria”. Esto da lugar a dos escenarios muy sencillos que tienen como punto común ser el lugar donde se centralizan las actividades económicas. Como persona física, será el domicilio en el que resides. Como empresa, sería la sede de la misma (considerado domicilio social).

El principal motivo por el que la Agencia Tributaria observa la gravedad suficiente como para sancionar al contribuyente se debe a que, si Hacienda precisa comunicar algo, será a ese lugar, y solo a esa dirección, a donde se dirija. Además, el domicilio fiscal debe figurar actualizado porque, en caso de no estarlo y pertenecer a otra comunidad autónoma, se abre la puerta al ‘dumping fiscal’. ¿La clave? Los impuestos estatales son iguales para todos; los autonómicos, no.

¿Cómo evitar la sanción?

No obstante, si a la hora de cumplimentar la declaración el contribuyente observa que no coincide su residencia con los datos aportados, tendrá cuatro formas de reconducir el error y esquivar la multa:

  • Hacerlo a la vez que la declaración de la renta. Podrá cambiarse a través de Renta WEB, donde se marcará en la opción de ‘Ratificación de domicilio’
  • Personas físicas. Se deberá presentar el modelo 030 en la Sede Electrónica de la propia Agencia Tributaria. La opción para cambiar el dato se podrá encontrar en la quinta página del documento. No obstante, en este caso hay que registrarse previamente con un certificado digital.
  • Oficina de Hacienda. A través de una cita previa y presentando el mismo modelo 030.
  • Llamada telefónica al 901200345. En caso de no poder realizarlo, proporcionan toda la información necesaria.