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DECLARACIÓN DE LA RENTA

La fecha límite para realizar el segundo pago de la Renta 2022-23 en Hacienda

Aquellos que hayan fraccionado el pago de la Declaración de la Renta tienen hasta el 6 de noviembre para efectuar el segundo ingreso correspondiente al 40%.

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La fecha límite para realizar el segundo pago de la Renta 2022-23 en Hacienda

En la mayoría de los países es posible pagar la Declaración de la Renta tanto en un solo pago como en plazos. En España, se puede solicitar el fraccionamiento del pago si se cumplen con ciertos requisitos y condiciones. Generalmente se puede dividir en dos plazos, el primero de ellos se ejecuta en el momento de presentar la declaración y corresponde al 60% de la cuantía, cuyo plazo cerró el 30 de junio; y el segundo se realiza meses después y equivale al 40% restante.

El plazo límite para este segundo pago llega este 6 de noviembre, según el calendario de la Renta de la Agencia Tributaria. De forma que los contribuyentes deberán tener en la cuenta bancaria aportada al organismo una cantidad suficiente para el momento en que se efectúe el cobro correspondiente.

Requisitos para domiciliar

Cada vez son más los ciudadanos que optan por fraccionar este pago, pero para ello hay que cumplir con ciertas condiciones. La primera de ellas es que la declaración se presente dentro del plazo establecido y no se trate de una autoliquidación complementaria. Por otro lado, también se exige que en el momento de la presentación de la declaración se efectúe el pago del 60% de la deuda.

Además, también es necesario que los usuarios tengan el importe necesario en la cuenta el día que termina el plazo del segundo pago. De lo contrario, Hacienda no dará más oportunidades de realizar el cobro por el banco, y comenzará los tramites pertinentes para reclamar el dinero por una vía diferente y con recargo e intereses.

Otras formas de pago

En caso de que las declaraciones a ingresar no estén domiciliadas, se puede acceder al portal Renta Web con certificado electrónico, DNIe, Cl@ve PIN o número de referencia. De esta forma, se puede pagar de manera telemática en la página de la Agencia Tributaria, acudir a cualquier oficina de una entidad bancaria ubicada en España o hacer el pago en una Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

En este contexto, según asegura la Agencia Tributaria en su comunicado, también se puede pagar mediante transferencia, con reconocimiento de deuda, o mediante el documento de ingreso que permitirá efectuar el pago a través de una entidad colaboradora. Finalmente, también es posible su “presentación con solicitud de aplazamiento o fraccionamiento, compensación o mediante la entrega de bienes del Patrimonio Histórico Español.”