¿Me puedo deducir la cuota de autónomos en el IRPF al presentar la Renta 23-24?
Los gastos deducibles en la declaración deben ser indispensables para el desempeño de la actividad laboral del autónomo.
Este 3 de abril comienza la campaña de la Renta 2023-24. Al igual que todos los años, este mes será el punto de partida para este tipo de gestiones. Desde ese mismo día hasta el 1 de julio se podrá tener acceso al borrador, modificar y presentar la declaración por Internet, a través del programa Renta Web.
¿Me puedo deducir la cuota de autónomos en la Renta?
Según explica la web infoautónomos, la cuota mensual que los autónomos pagan a la Seguridad Social es un gasto considerado como deducible en la Renta. Todos los trabajadores por cuenta propia podrán deducirse la totalidad de las mensualidades abonadas.
Es un requisito necesario para poder llevar a cabo la actividad profesional del autónomo. Además, si este tiene a cargo empleados, podrá deducirse el importe de las nóminas de estos y las cantidades satisfechas a la Seguridad Social.
¿Cómo se justifican los pagos de la cuota de autónomos?
Pero, ¿cómo puedo justificar su pago? Lo más habitual y cómodo en presentar un gasto con una factura, sin embargo, en el caso de la cuota de autónomos, es posible justificar su pago aportado el extracto bancario de la cuenta en donde tiene domiciliado el pago el autónomo o, en su caso, o el justificante bancario del ingreso.
Sin embargo, la misma cuota de autónomos no se podrá deducir si la cuota no está pagada. Es decir, sólo se pueden deducir las cuotas que estén abonadas o bien afianzadas mediante un aplazamiento.