¿Hay que declarar en la Renta si mi empresa me regala una cesta de Navidad y cómo tributa?
La cesta de Navidad es una tradición que acogen muchas empresas en España para obsequiar a sus trabajadores a finales de cada año
La época de Navidad va ligada a diferentes tradiciones que normalmente tienen que ver con la celebración y las reuniones. El ámbito laboral no es menos en este aspecto, y son muchas las empresas españolas que llegadas las fechas navideñas celebran comidas o cenas con los empleados en las que se comparten los resultados del año y se incentiva el buen ambiente laboral, o al menos con esa intención se parte.
Otra de las tradiciones más arraigadas en estas fechas es la de las cestas de Navidad. Desde hace ya muchos años se empezó a convertir en costumbre que las empresas o empleadores regalen a los trabajadores una cesta con bebida y comida cuando llega la época navideña.
Este tradicional obsequio que cada vez es más habitual en las empresas españolas no está exento de ser declarado ante la Agencia Tributaria, y a continuación te contamos como tiene que tributar una cesta de Navidad.
¿Cómo tributa una cesta de Navidad?
La cesta de Navidad es considerada a ojos de Hacienda como una retribución en especie, por tanto formará parte de los rendimientos del trabajo del empleado y deberá verse reflejada en la nómina del mismo, tributo enfunción del IRPF.
Por tanto, si recibes una cesta de Navidad, la cuantía de la nómina de ese mes podría ser inferior. No obstante, las suelen contabilizar las cestas y regalos navideños como un gasto personal más, sin ingreso a cuenta y sin inclusión en la nómina.
Desde el punto de vista de la empresa, estas cestas no se consideran donativos o liberalidades. En caso de que la entrega de las cestas de Navidad sea una costumbre de más de dos años de antigüedad, este gasto será deducible en el Impuesto de Sociedades. En caso de empresas de nueva creación o que quieran empezar con esta tradición, hasta pasados los dos años de celebrarla deducir este gasto supondrá un riesgo fiscal.