Economía

Hacienda lo confirma: si vives con una persona de esta edad en tu vivienda, te podrás deducir hasta 2.550 euros en la Renta 2025-26

Para ello, se requiere que el familiar mayor de 75 años viva con el contribuyente y no supere el nivel de ingresos establecido por ley.

En febrero de 2025 la Vicepresidenta Primera y Ministra de Hacienda fue proclamada formalmente como la nueva Secretaria General del PSOE de Andalucía (PSOE-A), sustituyendo a Juan Espadas. Ha sido confirmada como la candidata socialista a la presidencia de la Junta de Andalucía para los próximos comicios regionales.
Europa Press News
Alejandro Cañas
Redactor de la sección de Actualidad
Redactor de Actualidad desde octubre de 2021 hasta hoy. Entró en Diario AS en 2019 como becario. Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense.
Actualizado a

Apenas quedan dos meses para el comienzo de la campaña de la Renta 2025-26, que trae novedades en lo referente a deducciones. Una de ellas beneficia a aquellos contribuyentes con familiares mayores de 65 años a cargo.

La deducción asciende a 1.150 euros por cada ascendiente mayor de 65 años, y aumenta hasta 2.250 euros si el familiar tiene 75 años o más. Para poder acogerse a esta deducción, es imprescindible que la persona a cargo conviva con el contribuyente y que presente ingresos anuales inferiores a 8.000 euros, excluyendo rentas exentas.

Por otro lado, el ascendiente no debe presentar IRPF con ingresos superiores a 1.800 euros. Además, la ayuda puede aplicarse si el ascendente a cargo tiene discapacidad del 33%, incluso sin alcanzar los 65 años. La ayuda aplica únicamente a vivienda habitual.

A su vez, se pide al contribuyente que haya convivido con el ascendiente, al menos, durante la mitad del periodo impositivo. La casilla en la que se debe deducir en la Renta, en el caso de los ascendientes, va de la 0090 a la 0097. Hasta la fecha, se han devuelto 9.042 millones de euros a un total de 12.814.000 contribuyentes, el 78,9% del total.

Deducción por maternidad

Otras deducciones disponibles para esta campaña, como la deducción por maternidad, que alcanza los 1.200 € anuales por cada hijo menor de tres años, y 1.000 € adicionales por gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados.

Noticias relacionadas

Para ello, se debe cumplir con varios requisitos para poder aplicar la deducción, en el momento del nacimiento, deberán estar dadas de alta en la Seguridad Social, o perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo.

¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic aquí

Etiquetado en:
Comentarios
Normas

Rellene su nombre y apellidos para comentar

Te recomendamos en Economía

Productos recomendados