Hacienda lo confirma para 2026: el cambio que llega a este tipo de movimientos bancarios a partir del 1 de enero
Las entidades deberán comunicar los movimientos anuales de tarjetas cuando el conjunto de operaciones supere los 25.000 euros.

La Agencia Tributaria ha confirmado que, a partir del 1 de enero de 2026, entrará en vigor una de las reformas financieras más amplias de los últimos años. El organismo ha actualizado las obligaciones informativas que deberán cumplir las entidades financieras y plataformas de pago, lo que afectará directamente a determinados movimientos bancarios y operaciones digitales realizados por particulares, autónomos y empresas.
El cambio más relevante será la ampliación del tipo de operaciones que las entidades están obligadas a comunicar a Hacienda. Hasta ahora, la información se centraba en cuentas tradicionales y movimientos significativos. Sin embargo, desde 2026 se incluirán también cuentas de pago, tarjetas físicas y virtuales, plataformas de pago móvil (bizums) y servicios financieros digitales, incluso si no generan intereses o beneficios directos.
Mayor transparencia financiera
Para los autónomos y empresas, la novedad más destacada es la obligación de informar mensualmente todos los cobros realizados a través de tarjeta o medios electrónicos, sin importar su importe. Con esta medida se elimina el histórico umbral de 3.000 euros y se introduce un sistema de control que permitirá a la AEAT cruzar datos en tiempo real con la facturación declarada. Esto incluye cobros mediante TPV, aplicaciones móviles y plataformas de pago cada vez más utilizadas.
En cuanto a los particulares, Hacienda incorpora un nuevo criterio: las entidades deberán comunicar los movimientos anuales de tarjetas cuando el conjunto de operaciones supere los 25.000 euros. Este umbral se ha fijado para identificar perfiles con actividad financiera elevada, sin afectar a los usuarios habituales con gastos normales o moderados.
Excluidas las operaciones de bizum entre particulares
El organismo también aclara que los pagos entre particulares mediante aplicaciones móviles, como Bizum, quedan fuera de este control, siempre que no estén vinculados a una actividad económica. Esto significa que las transferencias personales continuarán operando con normalidad, pero quedarán excluidas si se detecta un uso profesional o comercial.
Hacienda justifica esta actualización como un paso necesario para adaptar la normativa a los nuevos hábitos de consumo, mejorar la trazabilidad del dinero digital y reforzar la lucha contra el fraude fiscal.
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Con la entrada en vigor el próximo enero, tanto entidades financieras como profesionales deberán incorporar estos cambios en sus sistemas, mientras que los ciudadanos verán cómo ciertos movimientos bancarios empiezan a tener una mayor visibilidad ante la administración.
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